Sobreseen a los cuatro militantes de La Cámpora que pintaron un paredón

El juez de Garantías Juan Tapia dictó el sobreseimiento de los cuatro militantes de La Cámpora.

14 de Febrero de 2013 14:02

Por Redacción 0223

PARA 0223

La detención de cuatro militantes de La Cámpora que se encontraban pintando una pared con consignas en favor de la presidenta Cristina Kirchner y el embajador en Venezuela Carlos Cheppi generó un fuerte revuelo. Finalmente, los cuatro jóvenes fueron absueltos por la Justicia que consideró que "resulta desproporcionado" aplicar el sistema penal para "un hecho insignificante".

Así, el titular del Juzgado de Garantías 4 de Mar del Plata, Juan Tapia, dictó el sobreseimiento de los cuatro militantes al entender que lo que hicieron no encuadra en el delito de "daño" especificado en el artículo 183 del Código Penal

En su resolución, a la cual accedió 0223, Tapia señaló que "no deja de llamar la atención" la utilización de "medios y recursos humanos y materiales" que se destinaron para este hecho que "debería haber sido objeto de una contravención, conforme lo establece el artículo 58 de la ley 8031". 

Según puntualiza el magistrado, en el acta de procedimiento se detalló que en el lugar donde se realizó la pintada (Strobel y Monseñor Zabala) se hizo presente un móvil policial que "focalizó su atención en cuatro jóvenes que estaban pintando un paredón con leyendas políticas". 

Tras identificarlos y cachearlos se constató que no tenían armas ni ningún otro elemento que hiciera suponer que podrían ocasionar un daño mayor. A pesar de esto, llegó hasta el lugar el subcomisario de la seccional sexta en su vehículo particular. 

"Insisto en lo llamativo que implica la presencia de un funcionario de esta jerarquía en un procedimiento por un hecho de estas características. Y finalmente, luego de verificar que el vehículo en el cual los cuatro jóvenes se desplazaban no poseía pedido de secuestro alguno, se dispone igualmente la aprehensión de los nombrados", remarcó Tapia.

Según el juez, lo que los cuatro jóvenes realizaron debió haber sido sancionado con una multa por tratarse de una contravención y no de un delito. Y esto no supone que se les prive de la libertad como ocurrió.

Además, el titular del Juzgado de Garantías mencionó que no debe pasarse por alto "la selectividad" que se dio en este caso. En ese sentido, señaló que "las pintadas políticas" son "habitualmente toleradas por las autoridades policiales", al mismo tiempo que "suelen ser fomentadas por todos los sectores políticos como parte de la militancia que implica el compromiso con una determinada ideología o pensamiento". 

El juez señaló que esa misma pared fue pintadas en reiteradas oportunidades con distintas consignas políticas -dato que fue confirmado por la propietaria del lugar- con lo cual el proceso "viola el principio de igualdad ante la ley (art. 16 CN) al tolerar ciertas pintadas y criminalizar las constatadas en este caso". 

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