Estipulan multas y clausuras a comercios por el uso de bolsas de polietileno

En simultáneo con otras ciudades bonaerenses, el distrito se suma a partir de este sábado 1 de noviembre a la prohibición del uso comercial de bolsas hechas de cualquier material plástico.

Chascomús busca aplicar un cambio que aún cuesta imponerse en otras ciudades.

28 de Octubre de 2014 15:18

Por Redacción 0223

PARA 0223

Tiempo atrás, el Concejo Deliberante de Chascomús sancionó una ordenanza que establece la prohibición de la utilización de bolsas de polietileno no biodegradables y biodegradables utilizadas tanto en supermercados como en locales comerciales de menor envergadura. La iniciativa busca disminuir la contaminación ambiental producida por estas bolsas utilizadas para el transporte y contención de alimentos y/o mercaderías utilizadas habitualmente en infinidad de rubros.

La ley 13.868 prohíbe en todo el territorio bonaerense no sólo su uso; también la no utilización del las bolsas hechas de cualquier otro material plástico convencional. Dicha norma se inspiró en el artículo 41º de la Constitución Nacional, que establece el derecho a un ambiente sano y equilibrado para todos los habitantes y que el deber de preservarlo es responsabilidad de todos.

Según los especialistas, los micrones que componen estas bolsas tardan entre 100 y 400 años en degradarse. Indudablemente, esta situación afecta la calidad de vida de los habitantes e incluso produce la muerte de animales por su ingestión, degrada el medio ambiente a través de la contaminación del suelo y por ende de los reservorios de agua, muy importantes en el distrito de Chascomús.

La ordenanza señaló además que los materiales referidos debían “ser progresivamente reemplazados por contenedores de materiales degradables que resulten compatibles con la minimización del impacto ambiental, antes de la fecha estipulada”, es decir, en la previa del 1º de noviembre. Además, aclara que “quedan exceptuadas las bolsas de residuos, las cuales solo podrán ser utilizadas para el desecho de la basura”.

A pesar de que algunos comerciantes habrían expresado su disconformidad por cuanto poseen gran stock de bolsas de polietileno que ya no podrán utilizar, la norma municipal contempla que “el incumplimiento o trasgresión a la presente ordenanza hará pasible a los titulares de comercios en los que se detecte la infracción, de la aplicación de las siguientes sanciones por parte de la autoridad correspondiente: a) Apercibimiento, que podrá ser aplicado solo una vez al infractor. b) Multas. c) Clausura temporaria del establecimiento, que no podrá exceder de un mes. d) Clausura definitiva del Establecimiento. e) Decomiso de las bolsas de transporte en todos los casos”.