Puro humo: cómo malgastar recursos en perseguir consumidores de marihuana

En seis meses, la Policía Bonaerense aprehendió 922 personas por tenencia para consumo personal. El 70% fue liberado por el fiscal. La mayoría son demorados en el centro, por la tarde.

En un semestre, 992 personas fueron aprehendidas por tenencia de marihuana para consumo personal (Foto ilustrativa)

20 de Noviembre de 2014 11:07

La tenencia de marihuana para consumo personal en la vía pública constituye delito. Eso establece el artículo 14 de la ley de estupefacientes. Así que no hay “Fallo Arriola” que te salve si fumás un porro en la calle y "afectás a terceros": la resolución que en 2009 dictó la Corte Suprema de Justicia protege al consumo en la privacidad y el traslado de un lado a otro de esa dosis personal. La única acción que sigue siendo objeto de castigo es el fumar en la vía pública en circunstancias en que "hay riesgo de trascendencia" a terceros. En ese caso, sí se es susceptible de una aprehensión policial y una intervención del Ministerio Público Fiscal

Sin embargo, en instancias de traslado, esas “detenciones” se concretan mediante cacheos y llegan a durar hasta 12 horas. Todo depende de cuánto demore la Policía en notificar al fiscal, que en general resuelve que esa imputación penal sea archivada o desestimada. Casi nadie carga con penas por consumir o trasladar un “charuto, como diría Feimann, en la vía pública.

Y es lógico: no tiene ningún tipo de sentido gastar recursos públicos en criminalizar a los pequeños consumidores, porque siquiera “aportan información relevante para alcanzar los eslabones más importantes de la actividad narcocriminal”. Así se refleja en el último informe del Centro de Análisis del Delito (Caed) que analiza el abordaje de la Policía Bonaerense de Seguridad -únicamente personal de comisarías, sin DDI y fuerzas especiales- en los casos de infracción a la ley de estupefacientes durante el primer semestre de 2014.

Según esa estadística, entre el 1 de enero y el 30 de junio de este año, en Mar del Plata se reportaron 775 casos por infracción a la ley 23.737. De ese total, 624 fueron por tenencia de estupefacientes para consumo personal (80%); 46 por tenencia para comercialización (5.9%), 44 se registraron dentro del sistema penitenciario (5.6%), 38 fueron detectados en el marco de un concurso con otros delitos (4.9%) y sólo 23 fueron casos de denuncias vecinales (2.9%).

De los 624 casos para consumo personal, 555 fueron por tenencia de marihuana “en distintas modalidades: cultivo, prensado, cigarrillos de armado artesanal”. De ese número, resultaron aprehendidas 922 personas, muchas de ellas "por la modalidad de cacheo". Y según evaluó el Caed en su informe, en base a datos policiales y judiciales, “en ningún caso existió un criterio objetivo para el abordaje de las personas interceptadas”.

Para justificar las intervenciones, la Policía Bonaerense “utilizó construcciones como `presencia de olor nauseabundo´, `actitud sospechosa´ o similares. La mayoría de los procedimientos se realizaron en `operativos de control´ o `en el marco de la actividad prevencional´. Como nota de color –agrega el informe- uno de los operativos llevó el nombre de `Saturación e identificación selectiva´”. En otras palabras, los efectivos salieron a la pesca.

De los 922 aprehendidos, que estuvieron demorados hasta 12 horas, 772 fueron hombres mayores de 18 años y sólo 58 fueron mujeres. Entre los jóvenes menores de edad demorados por este delito, se encuentran 90 varones y 2 mujeres.

Según especifica el informe dirigido por Tobías Schleider, del total de aprehendidos, 658 fueron liberados por el fiscal en el mismo día de la aprehensión. “En el caso de los restantes 264 aprehendidos no se informó su situación, pero puede presumirse que su destino fue similar, porque las características de los casos fueron equiparables. Históricamente, la enorme mayoría de estas causas, si no todas, terminan archivadas por parte de la fiscalía interviniente”, aclararon, no sin advertir que “no hay evidencias que indiquen que el abordaje policial en casos de consumo personal aporte información relevante para alcanzar a los eslabones más importantes de la actividad narcocriminal”.

“Esto implica –como analizan desde el Caed- un claro gasto de recursos en una actividad que no concluye en resultados efectivos. Asimismo, tampoco se observa una disminución en el consumo de estupefacientes. Ahora bien, esta práctica policial sí tiene, particularmente, un alto impacto social de criminalización del consumidor”.

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