Discutió, disparó y le hizo perder un ojo: seis años de prisión

El hecho ocurrió en julio de 2012. El agresor fue condenado por tentativa de homicidio. Participaban de picadas ilegales detrás del estadio Mundialista.

El debate se realizó en el Tribunal en lo Criminal 2.

28 de Noviembre de 2014 08:35

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un roce entre dos motos que participaban de una picada ilegal y el posterior reclamo de una de las partes, desembocaron en una agresión a balazos que dejó como saldo la pérdida de un ojo a uno de los protagonistas. El acusado de disparar, fue condenado a seis años de prisión por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa.

Durante el debate realizado en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2, quedó probado que Axel Castro –de 23 años- mantuvo una discusión con un grupo de personas tras un choque en una picada ilegal de motos. En el transcurso de la misma efectuó varios disparos, uno de los cuales impactó en el rostro de Aníbal Florentín, provocándole el estallido del globo ocular y la pérdida de la visión de dicho ojo.

En su declaración Florentín sostuvo que esa noche observó a la persona que había discutido con amigos de su sobrino, y que lo siguió unas cuadras hasta Mario Bravo y Antártida Argentina, donde hablaron sin inconvenientes acerca de lo sucedido. Poco después llegaron los otros protagonistas del altercado y siguieron charlando en el lugar.

La víctima indicó que Castro se retiró y volvió a los pocos minutos, pero como acompañante en otra moto. De acuerdo a su relato, bajó del rodado, se paró frente a ellos, pegó un grito y empezó a disparar. Sin forcejeos, el imputado disparó al menos cuatro veces antes de darse a la fuga. Fue detenido tras una persecución en la esquina de Juan B. Justo y Mitre.

Florentín fue trasladado de urgencia a un centro asistencial donde lo operaron en varias oportunidades. Como consecuencia del único impacto que recibió, perdió el ojo, sigue en atención médica, no pudo volver a trabajar de chofer  y está bajo tratamiento psicológico.

Para los jueces Jorge Luis Rodríguez, Alexis Simaz y Néstor  Conti, el medio empleado para la agresión, la corta distancia entre el agresor y la víctima, el número de disparos efectuados, la cantidad y ubicación de las personas y la mecánica de su accionar, no dejaron dudas acerca de finalidad homicida de la acción.

Además entendieron que no había elementos eximentes, pero sí tomaron como atenuante el buen concepto del imputado, la falta de sentencias condenatorias anteriores y su corta edad al momento del hecho. En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se sostuvo que “la edad es una circunstancia atenuante en razón del modo en el que ello ha incidido en la falta de madurez y capacidad de reflexión”.

Si bien la fiscal María Isabel Sánchez había solicitado que se lo inhabilite a conducir por diez años –en función de la temeridad evidenciada en la fuga que protagonizara el día de los hechos- la medida no fue dispuesta por el Tribunal.