Presentan proyecto para que los pinares históricos sean de patrimonio municipal

Son más de 15 hectáreas reconocidas por el gobierno bonaerense como “parques naturales” que actúan de hábitat de árboles legendarios y miles de aves e incluyen inmuebles auténticos 

Pinar del Norte, un encanto de la naturaleza bonaerense. (Foto panoramio.com)

21 de Septiembre de 2014 12:36

Por Redacción 0223

PARA 0223

Históricos, bellos y necesarios de un cuidado exhaustivo. Los pinares de Villa Gesell viven tiempos de definición respecto a su futuro de largo plazo. Desde la década de 1980, esos espacios naturales de la costa bonaerense estuvieron a cargo del municipio pero bajo la figura de comodato. Ahora, un proyecto del presidente del bloque de senadores provinciales de la UCR, Carlos Fernández, plantea cederlos definitivamente al gobierno local para registrarlos como patrimonio del distrito.

El propulsor de la presentación fue el concejal Jorge Martínez Salas, que elevó la iniciativa ante el inminente vencimiento del convenio que Provincia y Municipalidad firmaron respecto a la gestión ambiental de toda esa zona.

Asentado ante el Congreso provincial, el proyecto de ley solicita declarar a las zonas del pinar histórico y el pinar norte propiedad de todos los geselinos. En tal sentido, el debate legislativo podría tomar estado parlamentario en la sesión de la Cámara de Senadores de la semana próxima.

El pinar histórico es un bosque plantado por el fundador de la ciudad, Carlos Gesell, en la década del treinta. En el lugar, están las dos casas en las que vivió. El pinar del norte es donde se asienta el Museo Histórico Municipal de Villa Gesell y está ubicado en el centro de la ciudad balnearia.

En su artículo 1, el plan indica, textual: “Transfiérase el dominio a título gratuito de los bienes ubicados en el partido de Villa Gesell, identificados catastralmente como: circunscripción VI, Sección A, Fracción II, Parcela 1-d y Fracción III, Parcela 2-e, e inscriptos en las matrículas (125) 7219 y 3405, respectivamente, cuyo titular es el Fisco de la Provincia de Buenos Aires”.

En su artículo 2, señala que “los inmuebles conservarán el carácter de Parques Naturales de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la ley 10420 con todas sus implicancias, ratificado por el artículo 3 de la ley 10.864”.