Claves para entender una condena

Marcelo Girat fue condenado a catorce años de prisión. Sin embargo se dispuso su arresto domiciliario. Conocé los motivos de la polémica decisión.

La resolución de la Cámara que abrió el camino para el arresto domiciliario de Girat.

24 de Septiembre de 2014 19:19

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un juicio por cesura, un veredicto, amenazas del imputado, una medida de coerción, un habeas corpus y la resolución de la Cámara de Apelaciones. Esos fueron algunos de los elementos que prepararon el terreno para que Marcelo Girat comience a cumplir la pena de 14 años de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario.

Durante el juicio a cargo del Tribunal en lo Criminal 3 el proceso se dividió en dos partes. Mientras que en la primera se analizó la existencia del hecho y el discernimiento de culpabilidad, en la segunda -que culminó este miércoles- se determinó la pena correspondiente. ¿Por qué si el suboficial de marina fue hallado culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo en forma continuada tiene ese beneficio? En los hechos acontecidos con anterioridad a la lectura de la sentencia está la clave.

Luego que los jueces hallaran a Girat culpable el pasado 2 de septiembre, este debía aguardar hasta la sentencia de cesura de juicio en libertad. Sin embargo, ese mismo día, amenazó de muerte a Rocío y a su madre, por lo que el Tribunal dispuso su detención a pedido del fiscal Eduardo Amavet.

Un día más tarde la abogada Luz Alonso Proto presentó un hábeas corpus ante la Cámara de Apelaciones y Garantías. En su resolución, los jueces Walter Dominella y Esteban Viñas respondieron parcialmente el pedido y ordenaron que la medida de coerción impuesta "se transforme en el arresto domiciliario del nombrado, manteniendo asimismo la prohibición de contacto con la víctima y su familia".

Esa decisión de la Cámara, más el pedido del fiscal Amavet durante la audiencia del pasado viernes de controlar la prisión preventiva de Girat mediante el sistema de monitoreo electrónico, impidieron al Tribunal resolver de otra manera.

En la sentencia de cesura de juicio, los jueces Eduardo Alemano, Fabián Riquert y Juan Manuel Sueyro indicaron que el sistema acusatorio bonaerense "impide a los jueces ir más allá de la petición fiscalista, aún cuando considere más adecuado a los fines del proceso y de la integridad de la víctima una medida de coerción más gravosa".

Según dos fuentes judiciales consultadas por 0223, la medida de la Cámara es, por lo menos, poco habitual. Una de ellas indicó que la resolución del Habeas Corpus durante el debate está en clara infracción con el artículo 405 del Código Penal y que debería ser analizada.

La defensa de Girat apelará la resolución, por lo que la condena no está todavía firme. Hasta que eso ocurra -en un plazo no menor a los seis meses- el violador cumplirá su condena bajo arresto domiciliario en un lugar que ya fue informado al Patronato de Liberados para su control. Una vez que eso ocurra, se definirá si irá finalmente a la cárcel.