Rechazaron el juicio abreviado de un hombre que atacó a golpes a su mujer

Las partes habían acordado una pena de ejecución condicional. El Juez Juan Manuel Sueyro consideró que los hechos juzgados merecen una pena de cumplimiento efectivo.

22 de Octubre de 2016 18:53

Por Redacción 0223

PARA 0223

El 21 de agosto del año pasado Fernando Rivas interceptó en la esquina de Carballo y Lijo López a su ex esposa y la atacó a golpes provocándole varias lesiones que demandaron una recuperación superior a los treinta días. Poco más de una año después las partes presentaron un acuerdo de juicio abreviado con una pena de tres años de ejecución condicional, pero el mismo fue desestimado por el  Juez Juan Manuel Sueyro al considerar que la pena debería ser de cumplimiento efectivo.

Según los datos a los que tuvo acceso 0223, el 7 de septiembre la fiscal Graciela Trill y la defensa de Rivas acordaron una pena única por los delitos de lesiones graves agravadas y desobediencia en concurso material a la que sumaron una pena anterior de seis meses por amenazas y desobediencia. En la audiencia en el Tribunal Oral en lo Criminal 3 en la que se planteó el acuerdo, el particular damnificado manifestó su rechazo.

En su resolución el magistrado se basó en la Convención de Belem Do Pará –incorporada por ley- al señalar que deben establecerse “procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a  violencia”. Sueyro sostuvo que los agravantes de los hechos juzgados no tenían relación con el mínimo legal sugerido.

Rivas golpeó en la cabeza a la madre de sus hijos, la tiró al piso y la arrastró de los pelos provocándole politraumatismo varios en miembros inferiores e hipoacusia conductiva en el oído izquierdoo. Dos semanas después del ataque –y violando las órdenes de restricción de acercamiento vigente- el imputado se acercó a ella nuevamente y amenazó con matarla para quedarse con los chicos.

“A Fernando Rivas le terminaría imponiendo una pena efectiva y en tales circunstancias no puedo yo, ni nadie, afirmar que igualmente hubiera optado por el Juicio Abreviado. Lo dicho también impone desestimar la propuesta de solución alternativa”, explicó el magistrado.

Tras rechazar la petición de juicio abreviado efectuada, Sueyro se excusó de continuar interviniendo por haber emitido opinión en cuestiones esenciales a decidir. A partir de esta decisión, la causa deberá resolverse en un juicio oral en fecha a confirmar.