Cuatro años de prisión para un almacenero que vendía cocaína

Para el Juez fue “descabellado, ilógico e infantil” que tuviera la droga secuestrada para consumo personal. Seguirá excarcelado hasta que la sentencia quede firme.

Foto ilustrativa.

1 de Mayo de 2016 11:46

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 49 años que comercializaba cocaína utilizando como fachada un almacén que tenía en el barrio Don Bosco fue condenado a cuatro años de prisión, pero seguirá excarcelado hasta que la condena quede firme. El Tribunal Oral en lo Criminal 1 descartó que la droga secuestrada en el lugar tras un operativo de la Policía Federal fuera para consumo personal.

César Mario Faiduti fue detenido en octubre de 2013 tras un allanamiento ordenado por la Justicia de Garantías en el almacén que explotaba en Rivadavia al 4900. Al momento del operativo, estaba en un sector del local preparando dosis que tenía bajo su custodia –al lado de un paquete de queso rallado- y secuestraron una balanza de precisión con restos de cocaína, una tijera, un plato, recortes de nylon y un celular.

Aunque el juez Pablo Viñas hizo lugar a la nulidad de uno de los cortes previos (interceptación de personas que habían comprado droga en el lugar) solicitado por la defensa oficial, dio por probada la hipótesis de la fiscal Daniela Ledesma que contó con el apoyo del material fílmico obtenido durante la investigación. Según la sentencia a la que tuvo acceso 0223, en horas de la noche los clientes ingresaban al local “permanecían un escaso tiempo en el interior y salían sin llevar mercadería alguna”.

“Se ha notado como algunos compradores, por lo general jóvenes, han esperado que Faidutti atienda a los clientes comunes, dejándoles su lugar para luego quedarse a solas con el comerciante para facilitar la compra de estupefacientes”, se sostuvo en los fundamentos. En otras de las filmaciones se lo observó al imputado “asomar su cabeza a través de la puerta de la persiana y mirar para ambos lados de la vereda o calle en una clara conducta de vigilancia o atención”.

Para el magistrado “Faidutti ha montado inteligentemente y a manera de pantalla un comercio de almacén y de pago de impuestos, donde bajo tales rubros ha escondido su verdadera finalidad de venderé estupefacientes al menudeo, haciéndose bastante difícil la pesquisa a partir de la concurrencia de clientes comunes que hacen sus compras habituales conjuntamente con aquellos que se surten de estupefacientes”.

La defensora Gabriela Peña cuestionó que el delito fuera tenencia de estupefacientes con fines de comercialización al sostener que la droga incautada era “para consumo personal o mera tenencia” y que el imputado había comprado 50 gramos de cocaína que se fraccionaba en el local porque “pasaba mucho tiempo en el mismo”.

Para el juez, los 35 gramos secuestrados se traducen en 202 a 406 dosis umbrales que exceden ampliamente un tenencia para consumo personal. “Por otro lado es absolutamente descabellado, ilógico y hasta infantil pensar que el causante prepara sus dosis en el comercio porque pasa mucho tiempo en él, cuando nada se lo impide hacerlo en su propia casa y consumir a discreción en su interior” afirmó.

Tras hacer lugar parcialmente al pedido de nulidad, no hallar agravantes y tomar como atenuantes el buen concepto vecinal y la falta de antecedentes penales, el juez condenó a Faidutti a cuatro años de prisión por el delito tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. El comerciante seguirá excarcelado hasta que la sentencia quede firme.

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