El juez le contesta a Nuevo Amanecer: “La cooperativa confunde los alcances de la ley de expropiación”

Jorge Novelli, a cargo de la causa que trata la quiebra de la empresa láctea, se expresó respecto a los dichos de los directivos de la fábrica: “El pago de un reducido canon mensual como el fijado, está lejos de hacer peligrar la continuidad de la cooperativa”.

18 de Agosto de 2016 15:44

Por Redacción 0223

PARA 0223

La preocupación de los trabajadores de Nuevo Amanecer no es la misma que la de Jorge Novelli, el magistrado a cargo del juzgado Civil y Comercial Nº12 que lleva adelante la causa relacionada a la quiebra de la empresa láctea. Luego de conocerse el embargo que sufrió la cooperativa en su cuenta bancaria del banco Nación y de las declaraciones de su presidente, Fabio Pandiani, el juez decidió hacer pública su respuesta al respecto del conflicto.

Vía un comunicado de prensa, Novelli aclara que siempre se ha aprobado la continuidad operativa de la fábrica, aunque desliza que la situación es irregular: “En las actuaciones judiciales se ha convalidado la continuación atípica de la explotación de la empresa fallida por parte de la cooperativa formada por quienes fueron sus trabajadores, reconociéndose a su vez el mérito de su esfuerzo en pos de la defensa de las fuentes de trabajo”. El magistrado cita, incluso, las fojas 1122 a 1124 en las que figura esta postura en el expediente.

A continuación, el juez intenta separar los tantos al referirse a la problemática del pago del alquiler del inmueble desde donde opera Nuevo Amanecer, y vuelve a hacer hincapié en que la postura de Pandiani es errónea: “El único conflicto que se suscita es a raíz de la cerrada negativa de la cooperativa a abonar compensación monetaria alguna por la utilización de la planta, instalaciones y rodados de la empresa fallida, pero que teniendo en cuenta un ofrecimiento realizado por la misma cooperativa respecto a un depósito excluido de los bienes, alcanzados por la ley de expropiación dictada en octubre de 2014, se fija un canon en la suma de $ 30.000 mensuales, valor que en atención a que el principal propósito de la quiebra es conservar adecuadamente el activo para los acreedores, aparece casi como un valor simbólico”.

Posteriormente, basándose en lo que explicita el artículo 35 de la ley 5708, Novelli entiende directamente que “la Cooperativa confunde los alcances de la ley de expropiación”, sobre la cual especifica que declara de utilidad pública y sujetos a expropiación parte de los activos de la fallida empresa, para ser transferidos luego onerosamente a la cooperativa, “con la expropiación misma, que sólo opera cuando el Estado expropiante abona la indemnización que se fije al expropiado, en este caso a la firma fallida”.

Por último, en su misiva, el juez sostiene: “A nadie puede escapar que el pago de un reducido canon mensual como el fijado, por inmuebles e instalaciones que se usufructúan gratuitamente desde al año 2012, está lejos de constituir una amenaza o hacer peligrar la continuidad de la cooperativa de trabajo, como se intenta pregonar en declaraciones aparecidas en los medios en boca de directivos de dicha cooperativa”.