Más de cuatro años de prisión para una pareja que vendía droga

Operaban en el barrio Florencio Sánchez. Raúl Cordero y Sonia Rodríguez cumplirán la pena bajo arresto domiciliario y con monitoreo electrónico.

28 de Septiembre de 2016 20:27

Por Redacción 0223

PARA 0223

Una pareja que fue detenida en septiembre de 2014 durante un operativo antidrogas en el barrio Florencio Sánchez fue condenada como coautores del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. Raúl Oscar Cordero fue condenado a cuatro años y medio de prisión mientras que Sonia Rodríguez recibió una pena cuatro meses menor.

Los jueces Jorge Peralta, Gustavo Fissore y Néstor Conti dieron por probado que la pareja comercializaba estupefacientes en el domicilio que ocupaban en Génova al 6400. Ambos fueron aprehendidos durante el allanamiento y el registro domiciliario que se realizó el 2 de septiembre de 2014 a la tarde en el que secuestraron cocaína y elementos de corte en una riñonera del hombre y debajo del asiento del conductor en el que arribaron al inmueble.

Las declaraciones de los testigos que se escucharon durante el debate confirmaron la hipótesis del fiscal Leandro Favaro y su planteo de que además de la venta en la vivienda, Cordero comercializaba cocaína bajo la modalidad “delivery” en algunos asentamientos ubicados en cercanía de su casa. Para tal actividad usaba de manera indistinta los dos rodados de su propiedad y en varias ocasiones fue acompañado por Rodríguez.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 los magistrados cuestionaron la declaración de una testigo del primer procedimiento “de corte” que manifestó no haber observado nada de lo actuado por la policía. Paola Sabatini reconoció que las firmas y la letra que aparecían en las actuaciones policiales eran suyas, pero que no las había realizado. “No tenía problemas de memoria, no se hallaba presionada y recordaba perfectamente cuanto decía. Entiendo que deberá ordenarse a este respecto, la investigación de la eventual comisión del delito de falso testimonio”, resolvieron.

Tras descartar cuestiones eximentes y considerar como atenuantes el buen concepto vecinal de ambos imputados, el Tribunal consideró como circunstancias agravantes los antecedentes penales de ambos acusados.  Luego de no hacer lugar a la nulidad planteada por uno de los defensores acerca del “corte previo”, los magistrados condenaron como coautores a Raul Cordero a cuatro años y medio de prisón y a Sonia Rodríguez a la pena de cuatro años y dos meses. Ambos seguirán cumpliendo la pena bajo la modalidad de arresto domiciliario con monitoreo electrónico.