Entró a robar a los tiros al HPC: le unificaron la pena y lo condenaron a 33 años

Diego Armoa Reyes estaba cumpliendo una condena por homicidio cuando cometió el robo en mayo de 2015. Estaba con salidas transitorias.

30 de Marzo de 2017 13:01

Por Redacción 0223

PARA 0223

El sujeto que en mayo de 2015 provocó un audaz asalto en la sede del Hospital Privado de Comunidad, se tiroteó con la policía y escapó a bordo de un remise fue condenado a diez años de prisión tras el debate realizado en el Tribunal Oral en lo Criminal 2. Diego Armoa Reyes estaba cumpliendo una sentencia anterior por homicidio, por lo que el juez Néstor Conti unificó la pena y dispuso una condena de 33 años de prisión.

La investigación a cargo de la fiscal María Isabel Sánchez estableció que el sujeto de 37 años ingresó con otra persona que no fue identificada al establecimiento ubicado en Córdoba al 4500 y amenazaron a empleados y pacientes con armas de fuego. Tras acceder a una oficina del establecimiento y reducir al personal, fueron sorprendidos por un efectivo policial y escaparon tras un intenso tiroteo. Ambos sujetos escaparon en un remise que robaron en la puerta del establecimiento.

Armoa fue detenido poco después en el complejo penitenciario de Batán donde cumplía una pena de 24 años por el delito de homicidio. El sujeto se encontraba gozando del beneficio de las salidas transitorias y habitaba la casa 9 del programa “Casas por Cárceles” en la Unidad Penal 15 de Batán. En ese lugar los investigadores hallaron diversos elementos que confirmaron su participación en el hecho.

El juez Néstor Conti rechazó cuestiones eximentes y atenuantes y valoró algunos de los agravantes solicitados por el Ministerio Público Fiscal. En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 sostuvo “la puesta en peligro de un número indeterminado de personas, en razón del horario en los que se desarrollaron los hechos y habiéndose cometido el primero de ellos en la sede de un hospital”.

Luego de calificar al hecho juzgado como robo agravado por su comisión con el uso de arma de fuego, el magistrado condenó a Armoa a la pena de diez años de prisión. Tras declararlo reincidente y en virtud de que estaba cumpliendo una pena de 24 años de prisión al momento de los hechos, dictó una pena única de 33 años de prisión.