Mar del Plata se adhiere al blanqueo de capitales

El intendente Carlos Arroyo presentó un proyecto de ordenanza en el Concejo Deliberante. Quienes accedan a “blanquear” sus bienes no declarados quedarán liberados del pago de tasas. 

21 de Abril de 2017 08:09

Por Redacción 0223

PARA 0223

Los marplatenses que quieran blanquear bienes o capitales podrán hacer su manifestación, a través de la Ley de Sinceramiento Fiscal, sin que ello implique un sobrecosto impositivo o alguna penalidad.

El intendente Carlos Arroyo elevó al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para que el municipio adhiriera a la Ley Nacional Nº 27.260 de exteriorización de capitales, más conocida como Ley de Blanqueo de capitales.

Esta iniciativa impulsada por el jefe comunal  implica que aquellas personas que deseen exteriorizar su tenencia de dinero, moneda extranjera o bienes que no los tuvieran declarados en el país y en el exterior, van a poder hacerlo dentro de un plazo, con algunos beneficios impositivos y sin tener las multas y sanciones que le hubieran correspondido de otra manera. 

Desde el Ejecutivo local explicaron que “lo que se promueve es que las personas que tengan situaciones que blanquear, lo hagan y se radiquen inversiones en la ciudad, que luego generarán empleos”.

En el expediente, al cual 0223 tuvo acceso, se establece que los contribuyentes o responsables de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Fondo para la Promoción Turística y  Derechos de Explotación de Canteras y Extracción de Minerales, en el marco del régimen establecido en el Título I del Libro II de la Ley Nacional Nº 27.260, gozarán de los siguientes beneficios:

-Quedan liberados del pago de las referidas tasas y/o derechos que se hubieran dejado de abonar, por hasta un monto de las operaciones.

-Quedan liberados del pago de los intereses y las multas por incumplimientos a los deberes formales y/o materiales que pudieran corresponder con relación a los tributos locales que se hubieran dejado de abonar.

La ley nacional 27.260, en su artículo 49, invita a las provincias y a los municipios a adherir “al régimen de declaración voluntaria y excepcional, adoptando medidas tendientes a liberar los impuestos y tasas locales que los declarantes hayan omitido ingresar en sus respectivas jurisdicciones. 

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