Le pegó cuatro tiros porque no le quiso prestar la moto: diez años de prisión

El hecho ocurrió en mayo de 2015. Tres semanas antes del debate oral se celebró un juicio abreviado. A Leonardo Ezequiel Roldán también lo condenaron por el intento de robo del rodado.

El juez Alexis Simaz homologó el juicio abreviado acordado entre las partes. (Foto: archivo 0223).

12 de Julio de 2017 08:16

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un joven de 21 años que le disparó cuatro veces a un conocido del barrio que no le quiso prestar la moto fue condenado a diez años de prisión luego de que la Justicia convalidara la realización de un juicio abreviado tres semanas antes de la fecha prevista para el inicio del debate. Leonardo Ezequiel Roldán fue hallado autor del delito de homicidio criminis causa en grado de tentativa agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con robo agravado por el uso de arma de fuego.

Según relató la víctima, la madrugada del 28 de mayo de 2015 llevaba a bordo de su motocicleta Honda Wave a un conocido del barrio hasta la intersección de las calles La Primavera y Anchorena. Al llegar a ese lugar, el agresor le pidió la moto y ante su negativa extrajo un arma de fuego y le disparó al menos cuatro veces.

Diego Sosa recordó que cayó al suelo con la moto encima y que Roldán se acercó y comenzó a golpearlo con el arma en la cabeza. “Siempre estuve consciente, pero me hacía el muerto para que no me mate en serio. Después intentó llevarse la moto y no podía arrancarla”, recordó.

De acuerdo a los certificados médicos incorporados en la causa, la víctima recibió cuatro balazos: dos en el brazo, uno en el glúteo y otro en la espalda. Más allá de las operaciones que se le practicaron a la víctima, dos de los proyectiles no se pudieron extraer y quedaron alojados en la espalda y en uno de los brazos del joven de 24 años.

Para el juez Alexis Simaz la participación de Roldán estuvo certeramente probada a partir de la declaración de la víctima, de los testigos y las actuaciones policiales. Tras descartar cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y la concurrencia de atenuantes y agravantes -habida cuenta que la sanción pactada por las partes coincide con el mínimo legal que le podría corresponder al imputado- dictó un veredicto condenatorio.

El magistrado avaló la calificación de homicidio criminis causa en grado de tentativa en concurso real con robo agravado por el uso de arma de fuego acordada por las partes e impuso una pena de diez años de prisión, accesorias legales y costas del proceso.