La Defensoría del Pueblo advierte que revisar bolsos en busca de alcohol “es ilegal”

A través de una resolución plantean al Municipio que la ordenanza prohíbe la ingesta de estas bebidas y sólo prevé una multa. “La revisión y el decomiso constituye un abuso de autoridad”.

La Defensoría instó al Municipio a no realizar este tipo de controles en busca de bebidas alcohólicas. (Foto:MGP)

13 de Enero de 2017 13:38

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Defensoría del Pueblo de General Pueyrredon consideró que los controles que se vienen realizando desde hace unos días para evitar el consumo de alcohol en las playas públicas resultan “ilegítimos” y “abusivos” e insta al Ejecutivo Municipal a desistir de estas prácticas.

En diálogo con 0223, Fernando Rizzi, coordinador de la Defensoría sostuvo que desde el organismo “hay preocupación por la modalidad en que se están realizando estos controles, en especial en Playa Grande, por resultar de facultades abusivas de los agentes públicos y ser lesivas a los derechos y garantías de los usuarios de dichos espacios públicos”.

Según informaron a través de un comunicado, “son ilegales" los operativos que se están realizando en la zona de Playa Grande y otros espacios públicos de la costa marplatense, donde para detectar la portación de bebidas alcohólicas, se procede a la revisación de bolsos, heladeras portátiles y demás pertenencias personales. En el caso de existir una bebida con alcohol, se le exige a la gente que la deje en poder de dicha autoridad.

La prohibición de alcohol  se viola cuando se está consumiendo. Y la única sanción que implica la ordenanza es una multa de $50. No está previsto siquiera el decomiso así como revisar los bolsos. No hay ninguna legislación provincial ni municipal que lo habilite”, explicó Rizzi.

Asimismo desde la Defensoría reforzaron sus dichos luego que el juez de Garantías de Mar del Plata Juan Tapia sostuvo que “requisar es el análogo a un allanamiento e implica invadir la esfera de la intimidad, y sólo lo puede hacer con autorización de un juez de garantías. A diferencia de un cacheo, la requisa necesita orden del juez”.

“La Ordenanza Nº 15743 prohíbe en el ámbito del Partido de General Pueyrredon la venta, suministro a cualquier título, y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, espacios públicos, interior de estadios, polideportivos, u otros sitios de igual naturaleza. El artículo 18º establece que las violaciones a lo dispuesto en la mencionada, darán lugar a la aplicación de las siguientes sanciones : por consumir bebidas alcohólicas en lugares públicos, y/o medios de transporte y/o vehículos, multa de pesos $ 50 al máximo permitido.

“Consecuentemente, la infracción radica en consumir en lugares públicos, acción que no se consuma hasta tanto no se realice el hecho. La sanción prevista una vez producido el acto de consumo en un lugar público, es de multa y no comprende decomiso ni secuestro”, concluyeron a través de un escrito los Defensores del Pueblo.

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