El Somu tendrá elecciones generales: serán del 18 al 22 de diciembre

Lo informaron desde el gremio de trabajadores marítimos, luego de finalizado el proceso de intervención iniciado en febrero del 2016. La votación se llevará adelante bajo el sistema de Boleta Única Electrónica y garantizará el cupo femenino.

11 de Octubre de 2017 09:50

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (Somu) informó que quedó oficializada la convocatoria a elecciones para 18, 19, 20, 21 y 22 de Diciembre de 2017. La votación se llevará adelante bajo el sistema de Boleta Única Electrónica y garantizará el cupo femenino, en cumplimiento con las  recomendaciones que hizo el Ministerio de Trabajo.

La oficialización fue realizada por el delegado normalizador, Alfredo Bertonasco y el interventor judicial, Silvio Torres, para cubrir la totalidad de los cargos del Consejo Directivo, Secretariado Nacional, Comisión Revisora de Cuentas, Comisiones Ejecutivas de las Secciones y Seccionales, y Delegados al Congreso General.

Quienes sean electos cumplirán un mandato de cuatro años, cuyo período finalizará  el 28 de diciembre del 2021.

Según la resolución: “La Junta Electoral Central que tendrá a su cargo la organización y fiscalización del proceso electoral que, para garantizar la mayor transparencia e imparcialidad, estará presidida por el Señor Interventor Judicial Contador Silvio A. Torres, y compuesta a demás por los siguientes afiliados: Camacho, María Irene Nº 9309 (Titular)/ Pulguer, Elizabeth Marisa Nº 10192 (Suplente) Sec. Cámara; Devouassoux, Sebastián Emiliano Nº 12511 (Titular)/ García, Jorge Marcelo Nº 3493 (Suplente) Sección Cocina; Maldonado, Miguel Ángel Nº 9122 (Titular)/ Soto, Stella Maris Nº 10854 (Suplente) Sección. Cubierta; Ledesma, Daniel Alberto Nº 1428 (titular)/ Matellanes, Héctor Ángel Nº 2968 (Supl) Sección Máquina

Quienes actuarán por las seccionales de Capital Federal, serán Douvet, Marcelo Fabián Nº 7598 (Titular)/ Delaloye, Oscar Roberto Nº 3850 (Suplente) Interior; Santa Cruz, Miguel Ángel Nº 10829 (Titular)/ Fontao, Ramón Osvaldo Nº 7016 (Suplente) Interior.

La Junta Electoral Central estará en la calle Perú 1667 de la Capital Federal, donde atenderá los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 10 a 15 a partir del día siguiente de la publicación de la presente y hasta el día de puesta en posesión de los cargos a la lista vencedora inclusive, lugar donde también se exhibirán con 30 días de antelación a la elección los padrones definitivos y oportunamente las listas oficializadas.

De común acuerdo todas las autoridades, judiciales, administrativas y orgánicas referidas en el encabezamiento también han dispuesto que el acto electoral tendrá lugar mediante el voto directo y secreto de los afiliados empadronados y habilitados para emitir el voto y el mismo realizará por el sistema de Boleta Única Electrónica, en los siguientes lugares de votación: en Capital Federal en la sede central de Perú 1667, en el Interior del País en las sedes de las Delegaciones del Ministerio de Trabajo en que se encuentren instaladas las Seccionales, y de no existir estas delegaciones, se realizarán en las sedes allí existentes, donde serán instaladas las correspondientes mesas a cargo de los Presidentes y Delegados electorales que oportunamente designará, facultará y hará saber la Junta Electoral Central así como las instalaciones adecuadas para preservar el secreto del voto, y las respectivas máquinas electrónicas receptoras".

"Los afiliados empadronados como condición ineludible para emitir su voto deberán acreditar su identidad con su documento nacional y la afiliación con la Libreta de Embarque oficial vigente y firmar luego una planilla. El plazo para la presentación de las listas de candidatos vencerá a los diez (10) días hábiles a partir de la publicación de la presente, haciendo constar que el día del vencimiento del plazo la Junta Electoral Central atenderá hasta las 24 horas del mismo. Dichas listas deberán presentarse mediante apoderado, con las condiciones estatutarias requeridas para cada caso, las notas de aceptación con la firma original manuscrita de cada postulante a cada cargo, y la cantidad de avalistas no inferior al tres por ciento (3%), todo en un original y copia, y todas las condiciones previstas en el “Capítulo VI - Régimen Electoral, Arts. 110º al 123º”; y concordantes del Estatuto Social vigente, en tanto resulte viable su aplicación a éste proceso. La Junta Electoral Central procederá a expedirse sobre la presentación de listas y/o impugnaciones dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas de recibido, procediendo conforme lo normado por el artículo 124 de la Carta Orgánica, habiendo también dispuesto las autoridades ya mencionadas que los decisorios definitivos de la Junta Electoral Central atinentes a cualquier acto del proceso electoral, con excepción de los que resulten inapelables según el Estatuto, serán recurribles ante las autoridades competentes. La Junta Electoral dispondrá las medidas necesarias para resguardo y seguridad de las urnas durante los días de votación. Concluidos los plazos fijados para el comicio, se procederá a la realización de los escrutinios provisorios en cada mesa electoral, en presencia de los fiscales de las listas que hubieren oficializado su actuación, y con posterioridad se realizará el escrutinio definitivo a cargo de la Junta Electoral Central y concluido el mismo procederá en forma inmediata a la proclamación de la lista vencedora y a la puesta en posesión de los cargos a los candidatos ganadores expidiéndoles oportunamente a cada uno de ellos una credencial”.