Quiso entrar al cine con una gaseosa comprada fuera del Candy Bar y no lo dejaron

Le ocurrió este fin de semana largo a un marplatense que quería disfrutar de una película del 32° Festival Internacional de Cine que se realiza en Mar del Plata. "La tuve que tirar para poder ingresar", contó.

20 de Noviembre de 2017 18:47

Por Redacción 0223

PARA 0223

Con más o menos palabras afuera de cada sala de cine de Mar del Plata y otras ciudades del país un cartel cita: "No está permitido el ingreso a las salas con productos que no hayan sido adquiridos en el candy bar". Sin embargo, no hay ninguna normativa que así lo establezca, y por el contrario es una medida que atenta contra los derechos del consumidor.

Este sábado, Ezequiel, su novia y su cuñado, fueron víctima de esa práctica abusiva. Habían cenado en el patio de comidas del Paseo Aldrey y se disponían a disfrutar de una película del 32° Festival Internacional de Cine. "La batalla de los sexos" comenzaba a las 21.15 del sábado y como llegaban justos con el tiempo corrieron rápido a la fila. Pero, para sorpresa de ellos, los empleados que se encontraban en la puerta de la sala no los dejaron ingresar.

"No podés pasar con una bebida que no hayas comprado en el candy bar", les dijo uno de los trabajadores del lugar. "Resulta que nos había sobrado una gaseosa de la cena", contó Ezequiel a 0223.

Casualmente, unos días atrás, el joven había leído en algunos medios nacionales, diversas noticias sobre la cuestión, y recordaba que existía una ley que amparaba al consumidor en casos con este. "Entonces, les expliqué, pero no quisieron escucharme y nos obligaron a tirar la bebida para poder ingresar", sentenció.

"Cuando salimos, busqué en el celular cuál era esa normativa y les pedí el libro de actas para dejar sentado lo que había pasado", sostuvo el marplatense y leyó el inicio de la nota: "Me tocó presenciar un hecho lamentable y vergonzoso, no solo a mi persona sino a los que estaban dentro de la sala".

Dicha costumbre que adquirieron los cines y prohíbe a los espectadores ingresar a las salas con alimentos comprados en otros espacios que no sean el Candy Bar, no sólo atenta contra el artículo 42 de la Constitución Nacional que establece que los consumidores tienen derecho "a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno"; sino también pasa por alto la ley 24.240 de Defensa del Consumidor en la que se explica que son abusivas las cláusulas que "importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte".

Además, incumple el artículo 1.099 del Código Civil en el que se indica: "Están prohibidas las prácticas que limitan la libertad de contratar del consumidor, en especial, las que subordinan la provisión de productos o servicios a la adquisición simultánea de otros, y otras similares que persigan el mismo objetivo".

"Uno no puede estar obligado a comprar en el cine y mucho menos a pagar los precios tan elevados", finalizó Ezequiel. 

 

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