Cuatro años de prisión para el motociclista que chocó borracho y mató a un acompañante

El Tribunal Oral en lo Criminal 4 calificó los hechos como homicidio culposo agravado. José Maximiliano Vergara seguirá cumpliendo arresto domiciliario.

Vergara escuchó la sentencia acompañado por uno de sus abogados. (Foto: 0223).

18 de Septiembre de 2017 13:13

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 31 años que en marzo del año pasado conducía borracho una motocicleta en la que llevaba a dos acompañantes, chocó contra un automóvil tras cruzar varios semáforos en rojo y provocó muerte de una de ellas, fue condenado este lunes a cuatro años de prisión y seguirá cumpliendo la condena bajo la modalidad de arresto domiciliario. El Tribunal Oral en lo Criminal 4 calificó al hecho protagonizado por José Maximiliano Vergara como homicidio culposo agravado por la conducción imprudente o antirreglamentaria de un motovehículo.

El hecho juzgado ocurrió la madrugada del 12 de marzo de 2016 cuando Vergara impactó en la esquina de Peralta Ramos y Génova su motocicleta Mondial RD 150 con la parte derecha de un Chevrolet Classic. Producto del fuerte impacto, una de las dos jóvenes –Noelia Martinato (25)- murió minutos después.

De acuerdo a la reconstrucción que hizo el fiscal Pablo Cistoldi –que había solicitado ocho años de prisión al calificar el siniestro como homicidio simple con dolo eventual- Vergara no estaba en condiciones de manejar y transportaba de manera indebida a dos personas en el rodado: tenía un alcoholemia punitiva de 0,89 g/l y sus acompañantes viajaban sin casco.

Los jueces Gustavo Fissore, Alfredo Deleonardis y Jorge Peralta consideraron que “si bien la muerte se ocasionó a causa de una colisión en donde intervinieron dos automotores, aquel resultado muerte solo debe ser imputado a Vergara por haber sido quien violó el deber objetivo de cuidado en la conducción y por causa del mismo se produjo el resultado azaroso”.

Los magistrados descartaron el planteo defensista sobre la “autopuesta en peligro de la víctima” quien voluntariamente aceptó ser trasladada en las condiciones en las cuales efectivamente lo hizo. “La decisión de Noelia Martinato de subirse al motovehículo para ser transportada por Vergara en las condiciones en que éste se encontraba (alcoholizado) y sin utilizar el casco reglamentario, haciéndolo en varias ocasiones sin las luces de la motocicleta encendidas y sin respetar las señales de los semáforos, no excluyen la tipicidad objetiva, ya sea en su forma agravada o en la básica”, sostuvieron.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, el Tribunal sostuvo que la pena impuesta atiende especialmente a la gravedad y pluralidad de normas de tránsito violadas, que representan una grave violación al deber objetivo de cuidado, que colocaron a la actuación del imputado en un grado próximo al dolo eventual.

En virtud de la calificación de homicidio culposos agravado por haberse ocasionado por la conducción imprudente o antirreglamentaria de un vehículo automotor, condenaron a José Maximiliano Vergara a la pena de cuatro años de prisión. El cumplimiento de la misma seguirá momentáneamente bajo la modalidad de arresto domiciliario que se le otorgó poco tiempo después del siniestro vial.