“Los voy a cagar a tiros”: un día de amenazas por el que lo condenaron a dos años de prisión

Los hechos ocurrieron en febrero del año pasado. La medida será de ejecución condicional. En el mismo juicio abreviado Diego Axel Báez  fue absuelto como autor de un robo.

Juez Gustavo Fissore. (Foto: archivo 0223).

13 de Marzo de 2018 08:09

Por Redacción 0223

PARA 0223

Una de cal y una de arena habrá pensado Diego Axel Báez luego de que el Tribunal Oral en lo Criminal 4 validara el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre su defensa y la fiscalía: si bien fue absuelto por su presunta participación en un robo, lo condenaron a dos años de prisión de ejecución condicional por amenazar a varios vecinos el 22 de febrero de 2017.

Dos amenazas diferentes con pocas horas de diferencia en una vivienda del barrio La Herradura fueron los hechos probados por la fiscalía de Flagrancia que formaron parte del juicio. El primero ocurrió en horas de la tarde en la calle Bautista Balerdi al 1800 cuando Báez amenazó a dos jóvenes y su madre, dijo que iba a cagarlos a tiros, exhibió el arma que tenía en la cintura y luego efectuó varias detonaciones en cercanías del inmueble.

Apenas abandonó el lugar, Báez se cruzó con una pareja que circulaba en moto –ambos conocidos del barrio- y los cuestionó porque lo estaban mirando. "...¿“qué mirás? Te voy a cagar a tiros” recordaron las personas que les dijo antes de irse del lugar mientras efectuaba disparos al aire.

Horas más tarde –y otra vez a bordo de la motocicleta en la que fue aprehendido poco más tarde- el sujeto de 29 años regresó a la casa del barrio La herradura y le dijo a la mujer que si lo denunciaban se iba a pudrir todo. “te conviene no hacer la denuncia, si yo tiro tiros y nadie me dice nada...." le dijo luego de enterarse que habían ido a la comisaría para exponer lo sucedido.

Para el Juez Gustavo Fissore no quedaron dudas acerca de la responsabilidad del imputado en los hechos denunciados y valoró los testimonios de las víctimas y los vecinos que –pese a conocerlo del barrio- se animaron a identificarlo.

El magistrado condenó a Báez a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por resultar autor penalmente responsable de los delitos de amenazas agravadas por el empleo de arma de fuego y coacción, ambos en concurso real.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 dispuso como reglas de conducta fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados; continuar con el tratamiento psicológico que viene llevando a cabo en el CPA hasta el profesional correspondiente lo estime o hasta el plazo ya fijado de dos años; y no acercarse al domicilio ni  mantener contacto -por ningún medio- con las víctimas del hecho.

 

Otra acusación "floja de papeles"

Seis meses después de los hechos de amenazas por los que fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional, Báez fue detenido y se lo acusó de haber asaltado junto a un menor de edad a una persona en la intersección la avenida Luro y calle 244. En ese hecho la víctima fue golpeada en la cabeza antes de robarle 400 pesos, un celular, las zapatillas y uno auriculares.

El magistrado cuestionó las evidencias reunidas durante la deficiente investigación y diversas fallas en las actas confeccionadas por el personal policial que participó de la aprehensión. “No consta en dicho instrumento público que se hubiera secuestrado ningún elemento, es más, se deja constancia que se realiza sobre ambos aprehendidos un palpado, y el mismo arroja resultado negativo”, señaló.

Fissore también se refirió a las declaraciones del testigo de actuación quien utilizó un lenguaje con términos policiales para describir lo sucedido y que sostuvo –con detalles- el secuestro de objetos “que coincidían con lo aportado en la denuncia rececpcionada”. El Juez remarcó que nada de ello consta en el acta de procedimiento y que el testigo de actuación no firmó el acta de procedimiento ni se dejó constancia sobre las razones para que ocurriera ello.

“Ese secuestro no documentado y la aprehensión de un ciudadano en circunstancias por demás confusas e irregulares no me genera ninguna convicción, y resultan tan alarmantes las mismas que deberá ser investigado ese acto policial ante la posibilidad de la comisión de un delito de acción pública, porque puede concurrir desde un abuso de autoridad o incumplimiento de los deberes del funcionario público, hasta falsedad ideológica de instrumento público, o allanamiento ilegal de domicilio”, sostuvo.

“Por el contrario, si la pesquisa que debe iniciarse confirma que el personal policial actuó de manera ajustada a derecho y que los errores verificados se limitan a la confección de actas, éstos deberán recibir la academia necesaria para que no se reiteren porque, en definitiva, el Estado se ve privado de esclarecer los hecho”, finalizó.