Condenaron a un sujeto por abusar durante dos años de un menor que cuidaba

Calificaron el hecho como abuso sexual simple agravado. Se fijó una pena de tres años en suspenso tras la realización de un juicio abreviado.

16 de Junio de 2018 08:08

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un sujeto que entre 2014 y 2016 abusó sexualmente de un nene de 11 años fue condenado a una pena en suspenso luego de que la Justicia validara el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la fiscalía y la defensa. A Cristian Ivan Rojas le impusieron una pena de tres años y deberá cumplir una serie de reglas de conductas durante ese período.

La investigación se inició el 30 de marzo de 2016, a raíz de la denuncia que hizo el progenitor del menor. Con los datos recabados durante la instrucción la causa llegó a la Cámara de Apelaciones y Garantías y la Sala II concluyó que el hecho debía calificarse legalmente como abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por quien estaba a cargo de su guarda.

Los abusos comenzaron en 2014 y ocurrieron en la vivienda del barrio Hipódromo donde vivía  Rojas. En todas las oportunidades la progenitora del niño lo había dejado al cuidado del imputado porque integraba el círculo de confianza familiar.

El Juez Juan Manuel Sueyro sostuvo que el testimonio del niño fue el argumento principal para representar lo acontecido porque el menor contó lo que le estaba pasando a su madre, a su padre, a la psicóloga que lo entrevisto en la Cámara Gesell. “A todos les dijo lo mismo y sin contradicciones, de manera absolutamente convincente”, agregó.

“La prueba citada y analizada en este punto, cuenta con credibilidad y contundencia suficiente para acreditar la ocurrencia del suceso, del modo descripto por el acusador. Vale decir que a dicha hipótesis no se le enfrenta otra pues el interesado nada dijo en oportunidad de materializar su defensa”, concluyó.

El magistrado descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y agravantes, aunque –tal lo acordado por las partes- valoró como atenuantes la falta de antecedentes por parte del causante.

Tras declarar a Cristian Iván Rojas autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por quien estaba a cargo de la guarda lo condenó a tres años de prisión en suspenso.

Para mantener la ejecución de la pena en suspenso deberá –por el plazo de la condena- fijar residencia en el territorio de la provincia, someterse al control del Patronato de Liberados, a una evaluación psicológica y abstenerse de acercarse a un radio no menor a los 500 metros del domicilio de la víctima y su grupo familiar.