Hirió a un hombre de un balazo en la nariz durante una fiesta familiar y lo condenaron a 16 meses de prisión en suspenso

Marcos Ariel Palacios disparó al menos tres veces tras una discusión en el Club Talcahuano. Lo hallaron autor del delito de lesiones leves, agravadas por la utilización de arma de fuego.

18 de Julio de 2018 08:11

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre que en marzo de 2015 disparó tres veces un arma de fuego durante una fiesta familiar e hirió a una persona en la nariz fue condenado a un año y cuatro meses de prisión en suspenso luego de que se validara ante el Tribunal Oral en lo Criminal 3 un acuerdo de juicio abreviado. Para mantener la condicionalidad de la pena Marcos Ariel Palacios deberá fijar domicilio, someterse al control del Patronato de Liberados y no acercarse a la víctima.

Aunque el acuerdo entre la fiscalía y la defensa del imputado se presentó  fuera de término el Juez Juan Manuel Sueyro no lo desestimó por circunstancias excepcionales: la víctima del ataque se presentó en audiencia, dijo que no quería ir a juicio y consintió un cambio de calificación más favorable para el imputado y la pena finalmente propuesta.

El hecho juzgado ocurrió a las tres y media de la madrugada del 15 de marzo de 2015 en el club ubicado en Talcahuano entre San Salvador y Vértiz cuando Palacios efectuó al menos tres disparos de arma de fuego contra Sergio Daniel Bastida, con quien poco antes había mantenido discusión. Uno de esos proyectiles impactó contra la víctima y le causó una lesión leve en la nariz.

En ningún momento existieron dudas acerca de la responsabilidad del imputado: desde la primera declaración de la víctima en el Hospital Interzonal General de Agudos (HIGA) hasta los testigos que recordaron que Palacios llegó completamente borracho al club Talcahuano donde se realizaba una fiesta familiar y disparó tras discutir con Bastida en la puerta del lugar.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 no fueron propuesto ni se hallaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, se consideró como agravante la entidad de la lesión causada y se tomó como atenuante la falta de antecedentes penales y el estado de ebriedad en que el causante se encontraba al cometer el hecho.

En el mismo sentido el magistrado consideró la actitud asumida por la víctima que hizo saber de su interés por mantener en paz las relaciones en el Club del cual ambos forman parte, que nadie lo ha molestado desde aquella noche de los disparos, y que su intención era "terminar con todo esto de una vez".

Tras declarar a Marcos Ariel Palacios  autor penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por la utilización de arma de fuego se lo condenó –tal lo acordado en la presentación a la pena de un año y cuatro meses de prisión de ejecución condicional.

La ejecución de la pena seguirá en suspenso si Palacios -durante el término de dos años- fija domicilio y no se muda sin previa comunicación, se somete al control del Patronato de Liberados y no se acerca a la víctima.