Quebró a su pareja con un ventilador cuando tenía a su bebe en brazos: lo condenaron a 4 años y 6 meses de prisión

El ataque ocurrió en diciembre de 2015. Lo hallaron autor del delito de lesiones graves agravadas. Está excarcelado y no podrá tener contacto de ningún tipo con la víctima.

9 de Septiembre de 2018 08:40

Por Redacción 0223

PARA 0223

Fernando Pugliesi hizo un “infierno” la vida de su mujer durante los más de cinco años en los que convivieron y tuvieron tres hijas. El espiral de violencia que sufrió la mujer comenzó a cerrarse en diciembre de 2015 cuando P.C.V. tenía a su bebé de cinco meses en brazos y sufrió golpes con el pie de un ventilador que le provocaron una fractura en sus brazos. Casi tres años después y tras relatar nuevamente lo vivido en Tribunales, el agresor fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión.

Tras el debate que se realizó en el Tribunal Oral en lo Criminal 3 el Juez Fabián Riquert halló al imputado autor del delito de lesiones graves agravadas por la relación de convivencia y mediar un contexto de violencia de genero. Aunque el magistrado no hizo lugar al pedido de detención que formuló el Ministerio Público Fiscal estableció una restricción de acercamiento y la prohibición de cualquier tipo de acercamiento –físico, verbal, visual, mediante el uso de redes- sino quedara sin efecto su excarcelación.

El ataque por el que condenaron a Pugliesi ocurrió la mañana del 11 de diciembre de 2015 en la vivienda que compartían en la calle Sicilia al 8000.  El agresor insultó a la mujer y comenzó a golpearla aunque tenía a la beba más chica en brazos. La víctima fue a denunciar al ataque, se llevó a sus hijos y fue alojada en el Hogar Galé. Recién días más tarde fue trasladada al hospital donde comprobaron que tenía el brazo quebrado.

P.C.V, pudo regresar a su casa dos semanas y media más tarde para volver a vivir situaciones de acoso que derivaron en el otorgamiento de un botón antipánico y la radicación de al menos tres nuevas denuncias durante 2016.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 el magistrado descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y valoró como atenuantes el buen concepto informado por los testigos, la adicción a sustancias psiocactivas y los informes psicológicos que detallaron su carácter impulsivo.

En cuanto a los agravantes consideró la mala conducta precedente, la extensión del daño causado, la circunstancia de haber abandonado su casa mientras el imputado la seguía ocupando y el comportamiento posterior del imputado y vulnerabilidad de la víctima.

Antes de comunicar la sentencia al Juzgado de Familia 5 donde se tramitaron otras causas con anterioridad, el juez condenó a Fernando Pugliesi a la pena de cuatro años y medio de prisión, accesorias legales y costas del proceso.