Condenaron por lesiones a pareja que atacó a un joven tras una pelea en un boliche

Habían llegado a juicio acusados de tentativa de homicidio. Se les impuso una pena por lesiones leves de seis meses de ejecución condicional.

Tribunal Oral en lo Criminal 4. (Foto: archivo 0223).

22 de Noviembre de 2019 10:24

Por Redacción 0223

PARA 0223

Una mujer de 31 años y un hombre de 32 que estaban acusados de intentar matar a un joven al que hicieron caer de la moto a un par de cuadras del boliche donde habían discutido fueron condenados a seis meses de prisión de ejecución condicional ya que el Tribunal Oral en lo Criminal 4 calificó a los hechos como lesiones leves.

Para mantener la condicionalidad de la pena impuesta este jueves por los jueces Alfredo Deleonardis, Gustavo Fissore y Jorge Peralta, por espacio de dos años Eliana Jaqueline Jaime y Marcelo David Ibarra deberán fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados.

Un vaso de cerveza revoleado y una pelea que siguió afuera

Sin discutir la participación de los imputados en el ataque que la madrugada del 29 de octubre de 2017 sufrió Agustín Vivas en la esquina de San Juan y 9 de Julio, el eje central del juicio pasó por la calificación del hecho. Mientras que el fiscal Fernando Castro sostuvo –al igual que durante la investigación- que se trató de un homicidio en grado de tentativa; para los defensores Agustín Robbio y Martín Bernat, no se acreditó la materialidad ni participación de sus asistidos y discutieron la calificación impuesta al hecho.

A partir de las declaraciones de testigos se estableció que esa noche Vivas y sus amigos Iván Benavídez y Kevin Farías fueron a bailar al boliche “La Cumbre” en la avenida Luro casi San Juan. Una vez en el interior y por problemas de vieja data Eliana Jaime le arrojó un vaso de cerveza a Farías que generó en una pelea hasta que fueron retirados por personal de seguridad.

Vivas y Farías se retiraron en una motocicleta y fueron perseguidos por la pareja que se desplazaba en una Honda Titán 150 y según el relato de la víctima Ibarra les mostró un arma de fuego y en inmediaciones de San Juan y 9 de Julio los chocaron haciéndolos caer. Su amigo escapó corriendo y mientras él se levantaba de abajo del vehículo, recibió las puñaladas por parte de la mujer.

El herido pudo ascender otra vez a su rodado y llegó hasta su casa donde fue socorrido por su padre que lo trasladó rápidamente al Hospital Privado de la Comunidad. Según los informes médicos presentados en el debate Vivas presentó “una herida de arma blanca en región dorsal izquierda a nivel de sexto espacio intercostal y brazo izquierdo”. Las heridas demandaron una inutilidad menor al mes –el límite para considerar unas lesiones leves o graves- y “no pusieron en riesgo de vida porque no penetró el arma blanca a la cavidad toráxica”.

Sin intención de matar

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, los jueces consideraron que no se pudo tener por probada la acusación fiscal. “No quedó probado, en efecto, el dolo de matar en la conducta de la encausada y de su cómplice”, y agregaron que “no puede afirmarse con los elementos probatorios del juicio que Eliana Jaqueline Jaime al agredir a Alejandro Vivas, haya tenido la intención e quitarle la vida y que no lo haya logrado por razones ajenas a su voluntad”.

Tras descartar cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y considerar como atenuante el buen concepto presunto y la falta de antecedentes de ambos, aceptaron el agravante de haber colocado a la víctima en inferioridad de condiciones como planteó el fiscal Castro.

Al calificar los hechos juzgados como constitutivos del delito de lesiones leves, el Tribunal condenó a Eliana Jaime y Marcelo Ibarra a seis meses de prisión de ejecución condicional. Luego del dictado de las reglas de conducta para el mantenimiento de la condicionalidad, dispusieron el decomiso de la motocicleta secuestrada en la que circulaba la pareja.