“Hija de puta quedate quieta que te voy a matar”: 9 años de prisión por balear a una policía local

El hecho ocurrió en enero de 2017 y Matias Ojeda fue detenido dos días más tarde. Seguirá alojado en la Unidad Penal 15 de Batán tras el juicio que se hizo en el Tribunal Oral en lo Criminal 4.

El ataque quedó registrado en las cámaras de seguridad de un negocio.

16 de Marzo de 2019 13:34

Por Redacción 0223

PARA 0223

Poco más de dos años después de sorprender a una efectivo de la Policía Local que esperaba el colectivo, sacarle el arma y dispararle en una de sus piernas Matias Ojeda fue condenado a nueve años de prisión tras la realización de un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal 4. En el mismo debate también se lo condenó para la tenencia ilegal de otro arma de fuego.

Desde un comienzo de la investigación y a partir de la identificación que se pudo hacer gracias a los registros de una cámara de la zona, el fiscal Juan Pablo Lódola estableció que durante los primeros minutos del domingo 29 de enero de 2017 fue Ojeda quien interceptó a la oficial Micaela Riva cuando esta esperaba el colectivo en la avenida Champagnat entre Matheu y Formosa.

Durante el debate exhibió los fotogramas que demostraron como se acercó por la espalda, le sacó un bolso y cuando la oficial extrajo su arma reglamentaria le disparó. Los jueces Gustavo Fissore, Jorge Peralta y Alfredo Deleonardis escucharon a la víctima recordar que el imputado le dijo “hija de puta quédate quieta que te voy a matar”.

Una foto en Facebook y un grano en la cara

Para los magistrados la responsabilidad del imputado en el hecho juzgado no arrojó duda alguna a partir del mismo reconocimiento que hiciera la víctima a partir de una fotografía que observó en la red social Facebook. En su declaración recordó que cuando aún estaba internada vio el perfil del imputado y pudo reconocerlo como el autor del ataque.

En el mismo sentido declaró el hombre que reconoció a Ojeda cuando huyó corriendo del lugar y paso cerca de él en inmediaciones del Hospital Interzonal General de Agudos. En su declaración dijo que le llamó la atención porque parecía “buscar algo” y porque tenía un forúnculo grande en el sector derecho de la pera. Ese acné fue constatado por la médico legista que lo  atendió el mismo día de la detención.

El Tribunal no halló cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y consideraron atenuantes el buen concepto vecinal presunto en favor del imputado. En cuanto a los agravantes tuvieron en cuenta la condición de policía de la víctima que era ostensible al momento del hecho y la circunstancia de haber seleccionado un arma de fuego como botín de sustracción por sobre un bolso con pertenencias personales de la víctima.

Tras calificar al hecho central del juicio como robo doblemente agravado por causar a la víctima lesiones de carácter grave y por emplearse un arma de fuego. Como durante en el allanamiento en el que se lo detuvo se halló un arma de fuego también se lo condenó por el delito de tenencia ilegal de arma de uso civil.

Luego de rechazar los pedidos de nulidad planteados por el defensor Cristian Prada al considerar que no se afectó el derecho de defensa en juicio, los magistrados condenaron a Matías Ojeda a la pena de nueve años de prisión, accesorias legales y costas del proceso penal. El joven de 25 años seguirá alojado en la Unidad Penal 15 de Batán.