El robo y rescate de la balanza, el asesinato y un condenado a once años de prisión

El homicidio de Enrique Domínguez ocurrió en agosto de 2016 en la zona del puerto. Juan José Ledesma fue detenido un mes más tarde.

El juicio se realizó en el TOC 4. (Foto: archivo 0223).

24 de Marzo de 2019 16:45

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre que en agosto de 2016 junto a otras personas entró a una casa en la zona del puerto, hirió a un hombre y mató a Enrique Domínguez de una puñalada fue condenado a once años de prisión tras la realización de un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal 4. Juan José Ledesma fue hallado autor de lesiones leves en concurso ideal con violación de domicilio, homicidio simple y robo agravado por el empleo de armas, por efracción de la puerta de una vivienda habitada y por su comisión en poblado y en banda.

La investigación a cargo del fiscal Juan Pablo Lódola permitió establecer la mecánica del homicidio, un desenlace absurdo de un robo que dos personas hicieron de una balanza en una planta pesquera y su intento de rescate posterior por al menos ocho personas en la vivienda ubicada en la calle Pescadores al 1200.  

Esa madrugada un grupo de  aproximadamente ocho personas ingresó al garage de una vivienda que alquilaban Andrés “El Momia” Herrera y su pareja a quienes le exigieron la entrega de una balanza que había sido robada días antes en una planta procesadora de pescados de la zona. Tal como se confirmó en la investigación y en algunas imágenes de las cámaras de la zona se confirmó que los agresores estaban vestidos con las ropas y botas blancas que identifican a los trabajadores de la zona.

https://www.0223.com.ar/nota/2016-8-12-lo-apunalaron-durante-una-pelea-y-murio-camino-al-hospital

Ante el ataque que sufría Herrera y la búsqueda de su hermano –al que también acusaba del robo-, la pareja de “El Momia” buscó ayuda en la casa principal a la que llegó a través de un patio trasero. En ese lugar estaba la dueña de casa, su hijo, la pareja de la mujer y un amigo de éste: Enrique Alberto Domínguez que se había quedado en el lugar de visita.

Según la hipótesis fiscal al menos tres sujetos ingresaron a la casa principal tras fracturar una puerta y armados con cuchillos acometieron contra las personas que buscaron refugio en distintos ambientes. Todos lograron encerrarse, con excepción de Dominguez que se guareció en un baño donde no había llave ni cerrojo que permitiese asegurar la puerta.

“Yo no tengo nada, yo no tengo nada” dijeron los testigos que gritaba el hombre de 35 años antes de recibir una puñalada profunda en la cara anterior del antebrazo. La herida transversal punzo cortante de 14 centímetros de longitud llegó hasta el hueso y le seccionó la arteria humeral, provocándole la hemorragia masiva que lo llevó a la muerte.

Antes de escapar del lugar Ledesma y el resto de las personas que no fueron identificadas se llevaron un televisor, un equipo de música y un reproductor de DVD.

Para los jueces Jorge Peralta, Gustavo Fissore y Alfredo Deleonardis la responsabilidad de Ledesma no estuvo en duda y a su entender “el imputado era el único empecinado en la previa escalada de agresiones dirigidas al recupero de la balanza… fue el único que empleó el cuchillo, en rigor dos cuchillos y el pico de una botella, para herirlo. Y en la continuidad de ese encarnizamiento fue el primero que ingresó, cuchillo en mano, al interior de la vivienda”.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 los magistrados descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, consideraron como atenuante el buen concepto que se informó respecto de Ledesma en el relevamiento vecinal  y como agravante la condena a la pena de tres años y cuatro meses de prisión que se le había impuesto en ese mismo Tribunal en orden al delito de robo calificado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa.

El Tribunal condenó a Juan José Ledesma como autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves en concurso ideal con violación de domicilio,  homicidio simple y robo agravado por el empleo de armas, por efracción de la puerta de una vivienda habitada y por su comisión en poblado y en banda, a la pena de once años de prisión y accesorias legales.