Anularon sentencia por homicidio y volvieron a condenarla tras un juicio abreviado

Mónica Araya había sido condenada como autora de homicidio simple. El Tribunal de Casación anuló ese fallo y se le impuso una pena de cuatro por exceso en la legítima defensa tras un juicio abreviado.

Araya -al centro- durante la realización del primer juicio en 2017. (Foto:archivo 0223).

19 de Mayo de 2019 20:10

Por Redacción 0223

PARA 0223

Una mujer a la que se le impuso una pena de ocho años de prisión por el crimen de un joven durante los festejos de año nuevo en 2016 que fue anulada tras la apelación de la defensa oficial al Tribunal de Casación fue nuevamente condenada tras la validación de un juicio abreviado en el Tribunal en lo Criminal 3. En esta ocasión Mónica Rafaela Araya fue condenada a cuatro años de prisión como autora del delito de homicidio cometido con exceso en la legítima defensa.

Araya había sido detenida junto a Néstor Oscar Chávez cuando dormían sobre dos colchones tirados en la calle en 20 de Septiembre entre Luro y 25 de Mayo horas después de matar a Lucas Lima tras una pelea a pocas cuadras del lugar. Las testimoniales obtenidas y las actuaciones incorporadas por lectura le permitieron en mayo de 2017 al Tribunal Oral en lo Criminal 4 confirmar que esa madrugada Araya fue la persona que apuñaló a la víctima en el tórax y en el cuello.

Tal como se informó oportunamente los jueces Gustavo Fissore, Alfredo Deleonardis y Jorge Peralta absolvieron en primer término –tal lo solicitado por la fiscal Andrea Gómez- a Chávez, quien había llegado detenido a la realización del juicio oral. Esa medida se pidió luego de que las pericias psicológicas y psiquiátricas señalaran que el hombre era inimputable al momento de los hechos.

La defensora oficial María Victoria Sosa planteó en su recurso que nada se dijo acerca de la inimputabilidad pedida también para la mujer que también había consumido alcohol y estupefacientes al momento de –según su planteo- intentar defenderse del ataque de Lima.

Desde Casación confirmaron la absolución de Chávez y declararon la nulidad de la sentencia de Araya por lo que tanto la fiscalía y la defensa decidieron acordar un juicio abreviado. El primer intento fue rechazado por el juez Juan Manuel Sueyro por lo que se presentó una nueva propuesta a la jueza Mariana Irianni del mismo tribunal.

 

Una nueva resolución 

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 la magistrada dio por probado que Araya, con la utilización de dos cuchillos de grandes dimensiones, le asestó dos puñaladas en la zona del cuello y tórax a la víctima con la “inequívoca intención de acabar con su vida”.

En coincidencia con el acuerdo de la fiscalía y la defensa se modificó el encuadre legal ya que en el hecho “se entremezclan cantidad de sujetos participantes de distintos grupos y exceso de sustancias distorsivas de la percepción, resulta difícil arribar a una certeza absoluta en la reconstrucción histórica del evento”.

“En determinado momento y dentro del contexto de aquel escenario de agresiones recíprocas y de gresca generalizada es que asume Araya su conducta defensiva desmedidamente lesiva contra el joven que resultó víctima, descartando en función de una duda que excede lo razonable la procedencia de una intención homicida no vinculada a un acto defensivo”, señaló.

“Afirmo esto merituando las características del hecho analizado ya que tanto los protagonistas como quienes lo presenciaron se encontraban con una importante intoxicación alcohólica, que sin duda favoreció el contexto generalizado de tensión y violencia”, agregó.

Para la jueza la herida de Araya, ocasionada por un elemento cortante, presumiblemente una botella rota, “es demostrativa de la imposibilidad de hacer cesar la agresión hacia ella dirigida, lo que me permite colegir razonablemente que se defendió, avanzando más de lo permitido”.

En la sentencia se consideró atenuante la carencia de antecedentes y el limitado poder de autodeterminación al momento del hecho en virtud de la intoxicación alcohólica y toxicológica que presentaba, además de “la  historia vital signada por el abandono, la explotación y la ausencia contención familiar, la circunstancia de hallarse junto a tres menores el día del hecho”.

En el mismo sentido se merituó que la mujer haya canalizado positivamente el término que estuvo privada de su libertad, realizando cursos y estudios, conforme constancias que ha agregado la Defensa”. En cuanto a los agravantes se mantuvo la grave extensión del daño causado teniendo en cuenta la juventud de la víctima.

Mónica Araya fue hallada autora penalmente responsable del delito de homicidio cometido con exceso en la legítima defensa y condenada a la pena de cuatro años de prisión y accesorias legales. La sentencia fue remitida a la Justicia de Ejecución Penal.