10 años de prisión para un hombre que violó a su hija entre 2011 y 2016

Se formalizó tras un acuerdo de juicio abreviado para el que la víctima y su madre prestaron consentimiento. El sujeto está detenido desde mayo del año pasado.

20 de Julio de 2019 08:07

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre que violó a su hija durante cinco años fue condenado luego de que la Justicia validara un juicio abreviado entre la fiscalía y la defensa del imputado. El acuerdo fue presentado luego de que la víctima y su madre confirmaran su aprobación para que la causa tuviera esta solución alternativa del conflicto con una pena de diez años de prisión.

De acuerdo a la investigación que encabezó el fiscal Leandro Arévalo,  entre el 2011 y el mes de octubre de 2016  D.E.L. –sus datos personales no se dan a conocer para evitar la identificación de la víctima- abusó sexualmente de su hija menor de trece años tocando sus partes íntimas, obligándola para que le practique sexo oral y accediéndola carnalmente. Los acontecimientos ocurrieron en los diferentes domicilios de la familia en esos años en las localidades de Tandil, Sierra de la Ventana, Tigre y Mar del Plata.

Cuando tenía 14 años la víctima le relató a su madre que su padre abusaba de ella desde que tenía 8 y que no lo había relatado con anterioridad por temor al encarcelamiento de su padre o al sufrimiento de su mamá. A partir de la declaración en cámara Gesell las profesionales “caracterizaron su relato como espontáneo y cargado de angustia, y la niña impresionó como muy segura de sus dichos”.

Fiscal Leandro Arévalo. (Foto: archivo 0223)

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 el Juez Juan Manuel Sueyro sostuvo que no hubo oposición a la tesis sostenida por el fiscal y que tampoco advirtió que hubiera otra posibilidad. “La versión sostenida de la niña, a través del tiempo y de las circunstancias, apuntada por ciertos hábitos o actitudes del acusado, me llevan a representar ideológicamente el acontecimiento de la manera propuesta por el acusador”, sostuvo.

Para el magistrado no hubo cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, valoró como atenuante la falta de antecedentes penales y consideró como agravante la extensión temporal “pues los hechos motivo de esta causa se fueron sucediendo desde que la niña contaba ocho años de edad”.Tras calificar a los hechos como constitutivos del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por ser cometido contra un descendiente condenó a D.E.L como autor penalmente responsable a la pena de diez años de prisión, accesorias legales y costas del proceso.

En virtud de que el hombre de 52 años está detenido de manera ininterrumpida desde el 29 de mayo del año pasado se declaró con carácter provisorio que el vencimiento de la pena impuesta operará el 28 de mayo de 2028.