Autorizan el uso del transporte público de larga distancia

Será para aquellos que posean actividades habilitadas y medios de transporte terrestre, ferroviario o aéreo. 

17 de Noviembre de 2020 08:26

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Gobierno Nacional dispuso que las personas autorizadas o que realicen alguna actividad habilitada, podrán utilizar el servicio público de transporte de pasajeros de larga distancia –interurbano e interjurisdiccional.

A través de la Decisión Administrativa 2057/2020, publicada este martes en el Boletín Oficial, se detalló que "el uso de los medios de transporte terrestre, ferroviario o aéreo se realizará de conformidad con los protocolos oportunamente aprobados por la autoridad sanitaria nacional".

La misiva, señala asimismo que “la excepción dispuesta es otorgada al solo efecto de realizar las actividades autorizadas, debiendo limitarse la utilización del transporte de larga distancia estrictamente a dichos fines" y en ese sentido, recomienda “evitar su uso cuando existieran medios alternativos para el desplazamiento".

Las personas alcanzadas por la medida, deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19”.

 

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