Gimnasios y natatorios habilitados en Necochea

El protocolo establece que no puede haber más de 10 personas en su interior al mismo tiempo. Podrán funcionar de lunes a sábados, de 7 a 22 horas.

Buenas noticias en Necochea para los deportistas.

22 de Julio de 2020 11:16

Por Redacción 0223

PARA 0223

El municipio de Necochea habilitó, a través de un decreto con la firma del intendente Arturo Rojas, la reapertura de gimnasios y natatorios en todo el distrito.

Así lo había anticipado en el inicio de esta semana el secretario de Gobierno Jorge Marínez, cuando el funcionario comunal mantuvo un encuentro con la comisión de Cultural del Concejo Deliberante a fin de avanzar en los protocolos para que vuelvan a la actividad los artistas necochenses.

En relación a los gimnasios y natatorios, se definió que los mismos podrán abrir sus puertas de lunes a sábado, de 7 a 22 horas, y en ningún momento podrán contar con más de 10 personas en su interior.

Según señala el decreto 1302/2020, que lleva la rúbrica además de la secretaria de Salud, Ruth Kalle; y del citado Martínez; en el caso de los gimnasios, entre otras cuestiones, se establece que antes y luego de cada actividad se deberá desinfectar todo el lugar y no se podrán utilizar los vestuarios.

Asimismo, deberá llevarse un registro de cada persona que concurra al lugar y en todo momento se deberá utilizar barbijo/tapaboca en forma obligatoria.

Respecto a los natatorios, se estableció que los vestuarios sólo serán utilizados para el cambioo y/o utilización de los sanitarios y no estará permitido el uso de duchas. A su vez, cada establecimiento designará y delimitará un espacio para el guardado de artículos personales. También deberán contar con un registro de las personas que concurren al lugar.

Por otra parte, el decreto también plantea modificaciones con respecto a algunos comercios. En tal sentido, se informó que “aquellos comercios o establecimientos (almacén, despensa con o sin autoservicio, kiosco, panadería, dietética, granja -pollería-, carnicería, verdulería, similares y afines) que posean una superficie de hasta 80 metros cuadrados y se encuentren habilitados a la venta de productos comestibles, sólo podrán permanecer abiertos dentro de la franja horaria establecida a partir de las 8 a las 21 horas”.