Inquilinos defienden el régimen de registración que permitiría frenar la evasión

La ley de alquileres prevé que el 1º de marzo comience a implementarse. Martilleros y colegios de la actividad rechazan esta normativa. Afip estima que hay un 80% de evasión en el negocio de alquiler de viviendas. 

24 de Febrero de 2021 08:30

Por Redacción 0223

PARA 0223

La entrada en vigencia de la nueva Ley de Alquileres hizo crujir al “mundo inmobiliario” con cuestionamientos y críticas contra la flamante norma. La Afip estima que hay un 80% de evasión en el negocio de alquiler de viviendas. En tanto la Federación de Inquilinos Nacional calcula que el porcentaje representa cerca de 365 mil millones de pesos por año. 

En tal sentido, quienes cierran filas contra la implementación de lo estipulado por la Ley volvieron a hacerse oír porque a partir del 1º de marzo entra en vigencia el Régimen de Registración de contratos de locación de Inmuebles previsto en la normativa. Según la Afip, la medida "permitirá obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones".

Al respecto, desde la agrupación Inquilinos de Pie destacan que el alto nivel de evasión en el sector sirve para explicar “la resistencia y críticas de inmobiliarias y propietarios a la Ley 27.551, en general, y a este punto en particular, ya que dejaría a las inmobiliarias sin caja chica en negro con la que usualmente pagan a sus empleados, mal llamados vendedores, las comisiones por las ventas que realizan, sin ser martilleros matriculados”.

 

Registro y transparencia

Mediante la reglamentación del artículo 16 de la Ley de Alquileres, la Afip estableció la obligación de informar todo tipo de contrato: bienes inmuebles urbanos, arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, alquileres temporarios de inmuebles –urbanos o rurales- con fines turísticos, de descanso o similares; espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, etc.

La reglamentación de Afip indica además que los contratos celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional.

"La herramienta permitirá obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones", explica un comunicado del organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont.

De esta manera, al inscribir los contratos en AFIP posibilita que los inquilinos alcanzados por el impuesto a las Ganancias puedan deducir el pago. Además, en la práctica funge como un método de “blanqueo” fiscal. 

 

La voz de los inquilinos

“Para nosotros es crucial que se sepa en manos de quiénes está la mayoría de las viviendas en la Argentina. Desconocer esto no permite que el Estado trace políticas en este sentido. Además genera que los multipropietarios en complicidad con las inmobiliarias y los Colegios de Martilleros evadan impuestos”, destaca Pablo García, desde Inquilinos de Pie.

García agrega que desde la agrupación de inquilinos están convencidos de que la solución a la problemática del alquiler para vivienda viene de la mano de políticas de Estado, y la aprobación de la Ley de Alquileres es un buen comienzo. “Para poder seguir avanzando se necesita contar con planes de viviendas accesibles y duraderos; regulación de los precios por metro cuadrado; trabajar en conjunto con organismos estatales como bancos para ampliar la oferta pública de viviendas en alquiler y así también regular el mercado; y un sistema de subsidios personalizados para quienes alquilan, del estilo de los que hay en EEUU”, enfatizó el referente Inquilinos de Pie.

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