Robó un maxikiosco a mano armada: lo condenaron a tres años de prisión

El hecho ocurrió en mayo del 2018 en el barrio San José y fue detenido dos meses más tarde. A Marcos Casado lo declararon reincidente.

La pena se impuso tras un juicio abreviado.

10 de Marzo de 2021 13:51

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 38 años que le robó mil pesos a la mujer que atendía un maxi kiosco en el barrio San José fue condenado a tres años de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado. En virtud de una condena anterior a Marcos David Casado se lo declaró reincidente.

A partir de la investigación que realizó el fiscal Fernando Berlingeri se estableció que Casado fue el sujeto que la tarde del 9 de mayo de 2018 Casado ingresó al local ubicado en San Lorenzo entre España y Jujuy donde amenazó a la empleada con un arma de fuego y robó la recaudación del local.

Fiscal Fernando Berlingeri. (Foto: archivo 0223).

A partir de las imágenes registradas por las cámaras del local y de distintas etapas de reconocimiento se estableció la responsabilidad del imputado en el hecho y merced a los datos aportados por el Gabinete de Robos Calificados a Comercios de la Delegación Departamental de Investigaciones (DDI), el Juez de Garantías Juan Tapia avaló la realización de un allanamiento en una vivienda del barrio El Progreso.

Tal como informó en su momento 0223 en el operativo que se hizo en una vivienda de Bouchard casi Juana Manso aprehendieron al sospechoso y secuestraron una pistola calibre .22, municiones, un celular y cogollos de marihuana.

En la sentencia a la que tuvo acceso este medio el Juez Pablo Viñas descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y consideró como agravante el haber escogido un establecimiento comercial de puertas abiertas al público que impedía a los empleados anticipar el accionar delictivo. En cuanto a los atenuantes aceptó los ya planteados en el informe psicológico del incidente de morigeración.

El magistrado condenó a Marcos David Casado como autor del delito de Robo agravado por el empleo de arma de fuego cuyo poder vulnerante no ha podido ser acreditado a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento. Con relación a una condena que en 2014 le impuso el TOC 4, se lo declaró reincidente.

A partir del cómputo de pena realizado y por el tiempo que llevaba detenido, se dispuso la excarcelación en los términos de libertad asistida con la condición de mantener domicilio fijo y la absoluta prohibición de acercamiento al comercio y a la empleada.

 

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