Los judiciales realizarán una retención de tareas por "la falta de medidas" por el Covid

Será desde el miércoles al viernes 7 de manera remota. La AJB reclaman por la ausencia de medidas para reducir la presencialidad ante el “crecimiento descontrolado” de contagios.

4 de Mayo de 2021 11:21

Por Redacción 0223

PARA 0223

Desde la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) anunciaron una retención de tareas de manera presencial desde el miércoles y hasta el viernes 7, ante la falta de medidas que restrinjan la presencialidad en un marco preocupante por la suba de contagios.

En el reclamo, el gremio insiste en que a pesar de soportar desde principios de abril  un “crecimiento descontrolado” de casos de coronavirus,  la Suprema Corte no dispone de  medidas “que limiten a su mínimo indispensable el trabajo presencial en los tribunales bonaerenses”.

“La última fue realizada en conjunto con el Colegio de Magistrados el pasado 28 de abril, en la que se solicitaba además la convocatoria a una instancia de diálogo en el marco del comité de crisis”, señalaron desde la AJB.

“La reunión del comité de crisis fue convocada para el día de la fecha, en la que pese a las exigencias de la AJB los funcionarios de la Corte presentes no transmitieron compromisos concretos respecto del dictado de las medidas reclamadas. Vale mencionar que las resoluciones que dictó el Tribunal durante el mes de abril se mostraron ineficaces para producir una baja sustancial de la presencialidad, en un contexto de fuerte crecimiento de los contagios registrados en el Poder Judicial en ese mes, que duplicaron los producidos durante marzo”.

Ante la “falta de respuestas” a los planteos realizados por la gravedad de la situación epidemiológica y sanitaria, que la AJB resuelve llevar a cabo una medida gremial de retención de tareas presenciales, con puesta a disposición para realizar trabajo remoto en los casos en que ello sea posible, hasta el próximo viernes 7. Una vez finalizada, el sindicato evaluará la continuidad de la acción gremial en función de las modificaciones que disponga la Suprema Corte al esquema de funcionamiento actual.

Desde la AJB explicaron que la retención de tareas “es una de las acciones de autotutela y prevención del daño que el ordenamiento jurídico brinda a los trabajadores ante incumplimientos en las obligaciones de salud, higiene y preservación de la capacidad psicofísica por parte del empleador” y que en tal sentido “no puede traer aparejada consecuencia alguna en relación a su condición de empleo ni habilitará el descuento de los salarios correspondientes”.