Violó en reiteradas oportunidades a la hija de su pareja: lo condenaron a 18 años de prisión

El juicio se hizo en el Tribunal Oral en lo Criminal 1. Los abusos ocurrieron entre 2016 y 2019, desde que la víctima tenía 8 años.

El juicio oral y público se hizo en el TOC 1. (Foto: archivo 0223).

18 de Junio de 2021 13:36

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre que durante casi cuatro años abusó de manera reiterada de la hija de su pareja y amenazó con lastimar a sus familiares si contaba algo fue condenado a 18 años de prisión tras la realización de un juicio oral y público en el Tribunal Oral en lo Criminal 1. Los jueces hallaron a J.C.C. –sus datos completos no dan a conocer para evitar identificar a la víctima- autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, abuso sexual simple y corrupción de menores agravada.

En la sentencia que dieron a conocer esta semana los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Juan Galarreta descartaron el pedido de nulidad de la cámara Gesell que hizo la defensa del imputado al considerar que la profesional direccionó la entrevista y que se salió de la ortodoxia. “Así las cosas, el pedido de nulidad debería considerarse inadmisible, porque el defensor no indicó acción, pregunta, respuesta o frase alguna de la audiencia que respaldara su planteo”, señalaron.

Los magistrados dieron por probada la hipótesis del fiscal Leandro Arévalo para quien entre 2016 y 2017 J.C.C. aprovechó que su pareja se iba a trabajar y que el hijo mayor de la mujer estaba en la escuela para quedarse con la menor y abusar sexualmente de ella, tocándola en las zonas íntimas de su cuerpo y accediéndola carnalmente vía vaginal y anal, a la vez que la amenazaba con matar a su madre y a su hermano si hablaba.

El titular de la Unidad Fiscal de Instrucción 7 también planteó durante el debate que en el transcurso del año 2018 y hasta junio de 2019 y mientras vivían en otro domicilio en la zona del barrio Lomas del Golf abusó sexualmente de la menor tocándola en partes íntimas de su cuerpo.

En el minucioso trabajo fiscal también se logró establecer que en las mismas circunstancias de tiempo y espacio de esos hechos el imputado corrompió el normal desarrollo sexual de la menor al ofrecerle, para satisfacer sus deseos y garantizar su impunidad, sumas de dinero cada vez que abusaba de ella como un método de cosificación, y, al sacarle fotos con su celular cuando se encontraba desnuda.

Fiscal Leandro Arévalo. (Foto: archivo 0223).

Cuando cumplió los 13 años la niña pudo vencer el miedo que le daban las amenazas de la pareja de su padre y le contó por primera vez a su hermano el tormento sufrido. A partir de ese momento se radicó la denuncia correspondiente y se puso en marcha la investigación que terminó con la detención del imputado.

J.C.C. declaró durante el debate y negó los hechos que se le imputaron, pero para los jueces el cotejo de la coherencia, linealidad y compatibilidad de los testimonios entre sí y respecto de las evidencias incorporadas por lectura, hay que descartar de plano esa declaración.

“La autoría se encuentra plenamente demostrada a partir de las evidencias analizadas y valoradas en la cuestión precedente, toda vez que todos los testimonios se enfocaron directamente en su persona al aludir a los abusos vividos”, indicaron.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se descartaron cuestiones eximente de la responsabilidad penal y solo se tomó como atenuante la carencia de sentencias condenatorias. En cuanto a los agravantes ponderados por el fiscal consideraron la duración en el tiempo de los abusos –casi cuatro años-, la extensión del daño causado, la cosificación de la menor al entregarle dinero luego de cada abuso, pretendiendo, junto con las amenazas, comprar su silencio y el aprovechamiento del imputado de los padecimientos económicos del grupo familiar.

Los jueces impusieron una pena de 18 años de prisión al hombre de 60 años como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, abuso sexual simple y corrupción de menores agravada, a la pena de 18 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso.