Tres años de prisión por manosear a su nieta menor de edad

Se resolvió tras un juicio abreviado. El sujeto de 70 años la cumplirá de manera condicional si no quiebra las reglas de conducta impuestas.

El acuerdo se validó tras una audiencia en Tribunales.

15 de Julio de 2021 16:18

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre que entre mayo y agosto de 2017 abusó de su nieta al menos en dos oportunidades en el interior de la casa que ocupaba en Coronel Vidal fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal 4.

En el acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y la defensa de J.C.M. –sus datos personales no se dan a conocer para evitar identificar a la menor- se calificaron los hechos como constitutivos del delito de abuso sexual agravado por tratarse su autor de un ascendiente y por situación de convivencia preexistente. En la audiencia que se realizó el mes pasado, el imputado consintió la calificación y la pena pactada.

El Juez Gustavo Fissore dio por probado entre los meses de mayo y agosto de 2017 en el interior de una vivienda ubicada en Coronel Vidal el imputado abusó sexualmente de la menor de sus nietas en forma continuada. Los abusos se perpetraron al menos en dos oportunidades y consistieron en introducirle la mano por debajo y por arriba de sus ropas, tocándole así sus partes íntimas.

El hecho quedó al descubierto cuando la pequeña le preguntó a su maestra si era normal que los abuelos le hicieran a los chicos “cosas de grandes”, por lo que rápidamente desde el establecimiento se comunicaron con el padre de la niña y se le dio intervención a las instituciones involucradas en estos casos de abusos intrafamiliares en procura de una solución integral a la problemática de la niña, especialmente en cuanto a su seguridad, contención y apoyo psicológico.

En octubre de 2018 la víctima declaró en cámara Gesell y explicó lo que le había tocado vivir cuando estaba en la casa de sus abuelos y su papá y la abuela salían a trabajar. Ante la contundencia de ese relato el imputado solamente dio una versión negadora y dijo que todo era una fabulación de la menor con el fin de irse de la casa porque no toleraría los límites y la educación que allí le imponían junto a su esposa.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 el magistrado descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y agravantes, aunque valoró como atenuante el buen concepto presunto presentado por la fiscalía.

El magistrado condenó a J.C.M. como autor del delito de abuso sexual simple, agravado por tratarse su autor de un ascendiente y por tratarse la víctima de una menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente, a la pena de tres años de prisión  y costas del proceso penal.

A partir de la edad del sujeto y la falta de antecedentes, se dispuso que la ejecución condicional de la pena siempre que el imputado constituya domicilio, se someta al contralor del Patronato de Liberados y cumpla la prohibición absoluta de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima.