Pequeños comerciantes ya pueden pedir la exención de la tasa por Publicidad y Propaganda
Lo anunció el Gobierno de Guillermo Montenegro. Para que el beneficio pueda ser reflejado en los recibos de pago domiciliario, hay tiempo para realizar la presentación de la declaración jurada hasta el 15 de julio.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El Gobierno de Guillermo Montenegro anunció este martes que todos los comerciantes que cuenten únicamente con un establecimiento habilitado ya pueden solicitar la exención del pago de la Tasa por Publicidad y Propaganda.
Los contribuyentes interesados en recibir el beneficio deberán realizar la presentación de una declaración jurada desde el sitio institucional de la Agencia de Recaudación Municipal, www.mardelplata.gob.ar/arm.
Deberán, además, registrar un teléfono de contacto y una casilla de correo electrónico vigente, la que será válida a los efectos de las notificaciones que deban realizarse respecto del presente pedido de exención.
Para recibir la exención se debe poseer un único local o establecimiento en el Partido de General Pueyrredon debidamente habilitado, por lo que la persona contar con el certificado o constancia de habilitación emitida y vigente, según se aclaró.
Los elementos publicitarios que serán eximidos se deben limitar a consignar el nombre o razón social del comercio y otros datos que sirvan a la identificación de su local en donde el o los mismos se encuentre emplazados. Se entenderá por “otros datos”, los indicativos del domicilio del establecimiento, teléfonos de contacto, dirección de e-mail y/o página web y logotipo propiedad del comercio o establecimiento. No puede registrar marcas comerciales de terceros.
Pueden ser elementos fijos ubicados o emplazados en la fachada o laterales del propio local o establecimiento habilitado del solicitante.
Plazo para la presentación
Para que el beneficio pueda ser reflejado en los recibos de pago domiciliarios de la emisión de la Tasa por Publicidad y Propaganda del ejercicio 2021, habrá tiempo para realizar la presentación de la declaración jurada hasta el 15 de julio de 2021.
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