Para evitar horas sin clase, habilitan en la Provincia designaciones inmediatas por licencias docentes

Lo resolvió por decreto el gobernador Axel Kicillof. El nuevo régimen se aplicará para suplencias de 2 a 12 días, en casos de enfermedad, fallecimiento de un familiar cercano y accidente laboral, entre otros.

Foto ilustrativa: archivo 0223.

9 de Junio de 2023 17:52

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Gobierno de Axel Kicillof emitió este viernes un decreto para poner en funcionamiento un sistema de designación inmediata de reemplazos ante licencias docentes en escuelas de la provincia de Buenos Aires, una medida que evitará la pérdida de de horas de clase.

La normativa lleva la firma del gobernador Kicillof. A través de un comunicado, desde el Ejecutivo provincial se señaló que la misma amplía “los plazos establecidos en el Decreto 258 para la designación de personal docente para cubrir las ausencias de 2 días hábiles a 12 días corridos o en los casos donde la ausencia abarque la totalidad de horas cátedra o módulos”.

La medida busca garantizar una cobertura de “manera ágil” para la continuidad pedagógica ante licencias docentes en establecimientos de gestión estatal. “Hasta el momento, los directivos de los establecimientos podían hacer coberturas con el propio personal de la institución por licencias hasta 4 días, pero esto se dificultaba cuando el período era superior, por los tiempos que lleva el procedimiento de selección y cobertura a través de los actos públicos”, explicó el ministro de Educación bonaerense, Alberto Sileoni. Y agregó: “Este decreto permite el reemplazo inmediato, posibilitando la continuidad pedagógica de las y los estudiantes”. 

En ese sentido, el decreto aclara que “cuando la necesidad de cobertura se prorrogara por un período mayor a doce (12) días corridos, será de aplicación lo establecido en el artículo 108 del Estatuto del Docente y su reglamentación”, referido a las designaciones de personal provisional y suplentes. Y agrega: “Sólo se producirá la continuidad del/de la docente a cargo cuando le correspondiere, conforme los mecanismos establecidos en el presente artículo”.

Aclaraciones sobre las designaciones

La agencia DIB consignó que desde la cartera de Educación también indicaron que “para realizar la cobertura de cargos se utilizarán los listados oficiales y complementarios por establecimiento educativo”. “En el caso de módulos u horas cátedras, tendrán prioridad de cobertura docentes titulares de cada institución en orden a su antigüedad docente y, seguidamente, los y las docentes provisionales y suplentes –en igualdad de condiciones-, en orden a su puntaje de ingreso a la docencia”, añadieron las autoridades.

En tanto, ante determinados de casos “el equipo directivo de una escuela podrá solicitar que la cobertura se realice a través de la Secretaría de Asuntos Docentes por Acto Público”. Finalmente, “en los casos en que las designaciones las realizare la y el director del establecimiento educativo, el Decreto establece que se  deberá remitir las propuestas a la Secretaría de Asuntos Docentes de la cartera educativa provincial ‘dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de realizada la designación, para su convalidación’”