Pasamanos, juicio abreviado y dos años de prisión en suspenso

Dictaron la inconstitucionalidad del mínimo legal de la pena por comercio de estupefacientes. Una mujer deberá cumplir las normas impuestas por el Tribunal. Le habían secuestrado ocho gramos de cocaína.

22 de Mayo de 2017 08:30

Por Redacción 0223

PARA 0223

En octubre de 2015 una mujer de 35 años fue aprehendida mientras realizaba un pasamanos de cocaína en la esquina de Rivadavia y Juncal. Un año y medio después fue condenada en un juicio abreviado a dos años de prisión en suspenso luego de que las partes acordaran el pedido de declarar inconstitucional el mínimo legal de la pena.

En sintonía con la postura del fiscal Leandro Favaro y del defensor oficial Mauro Giacomaso, el juez Aldo Carnevale consideró desproporcionada e irracional la sanción mínima aplicable –cuatro años de prisión- “ya que la imposición de la misma implica necesariamente que sea de cumplimiento efectivo”. El magistrado tuvo en cuenta que la imputada “no tiene antecedentes penales, que para sobrevivir con su hijo menor de edad ejerce la protistución y que la cantidad de los estupefacientes que comercializaba es realmente escasísima”.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, el magistrado sostuvo que “hasta parece una falta de respeto hacia la inteligencia que el estado invierta recursos realmente importantes para seguir investigado casi exclusivamente este tipo de hechos”. “La privación de la libertad no parece ser lo más recomendable para que alguien que no tuvo una advertencia previa (en el sentido de una condena en suspenso) se reinserte en la sociedad”, agregó.

Claudia Josef llegó a esta instancia cumpliendo un arresto domiciliario con monitoreo electrónico que quedará sin efecto a partir de la verificación de que no existan órdenes restrictivas sobre su persona. La mujer deberá fijar residencia y someterse al control del Patronato de Liberados.