Desestimaron el recurso de la defensa de Matías Farías y Juan Pablo Offidani

Lo resolvió la Sala IV de Casación Penal. Ante la denegatoria se hará un recurso de queja para llegar con el reclamo ante la Corte.

Offidani y Maciel durante el juicio en que fueron absueltos por el abuso y famicidio. (Foto: archivo 0223).

28 de Octubre de 2020 15:13

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Sala IV de Casación Penal desestimó por inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por la Defensa Adjunta de Casación por los imputados Matías Farías y Juan Pablo Offidani. Para los integrantes de la Campaña Nacional Somos Lucía, la medida da pie para el comienzo de un nuevo juicio tras la anulación del fallo que absolvió a Matías Farías y Juan Pablo Offidani por los delitos de abuso sexual y femicidio.

Sin embargo, las fuentes judiciales consultadas por 0223 confirmaron que ante esta denegatoria la Defensa de Casación presentará –en un plazo no definido- un recurso de queja de manera de llegar a la Corte Suprema. “Esta decisión era algo previsto, pero se entiende que esto no es una sentencia definitiva”, explicaron.

Aunque desde que se conoció la decisión de anular el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal 4 de noviembre de 2018 absolvió a Farías (26), Offidani (45) y al fallecido Alejandro Maciel se estimó que el nuevo debate se podría realizar en el segundo semestre del año próximo, aún no se estableció cual será el nuevo Tribunal. “Tampoco se puede establecer una fecha porque es un hecho que ante la inadmisibilidad del recurso de inaplicabilidad de ley corresponde la presentación de ese recurso de queja”, agregaron.

Como se informó oportunamente, la instancia que queda para avanzar con un recurso de queja sería directamente la Corte Suprema de la Nación, donde la defensa podría dejar sentada una reserva que deje de manifiesta la protesta de recurrir si existe una nueva sentencia condenatoria en perjuicio de Farías y Offidani en un eventual segundo juicio.

En agosto de este año de la Sala IV de la Cámara de Casación tildó como "inexplicable" que el TOC 1 de Mar del Plata haya indagado en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de Lucía Pérez; en su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter, y en distinguir la conducta de los imputados, y a partir de allí considerar si la adolescente "había consentido el acceso carnal”.