¿Culpable o inocente?: comienza el segundo juicio contra la docente Analía Schwartz

A poco más de cinco años de escuchar la sentencia que la absolvió, la maestra de música de Mar del Plata enfrentará desde el lunes otro debate por abuso sexual y corrupción de menores. Todos los detalles, en 0223.  

15 de Octubre de 2022 18:17

Después de una absolución, de apelaciones, recursos, quejas, de Casación, la Suprema Corte, y tantas otras idas y vueltas que alargaron la espera por más de cinco años, el segundo juicio a Analía Verónica Schwartz es una realidad. A partir de este lunes, comenzará un nuevo debate contra la docente de música acusada por “corrupción de menores agravada por ser cometida por persona encargada de la educación y abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido por persona encargada de la educación, en concurso real”.

Sí, otra vez, la Justicia de Mar del Plata deberá decir si la mujer es culpable o inocente de los graves cargos que se le atribuyen desde el 2014. El 16 de mayo del 2017, el tribunal compuesto por Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale dio una primera respuesta: tras dos meses de audiencias, concluyó – por unanimidad – que era inocente, por lo que se pronunció a favor de la absolución.

Schwartz llegó a cosechar más de treinta denuncias en su contra. Padres y madres de alumnos de entre tres y cinco años del jardín “Maminas” – dependiente del instituto Fleming – y del colegio “San Antonio María Gianelli” aseguraron que la maestra abusó de sus hijos, entre 2012 y 2013. Y en 2014, el fiscal Fernando Castro tradujo esas denuncias en una imputación formal, al ponerse al frente de la investigación de los hechos.

Uno de los elementos centrales de la etapa de instrucción se fundó en las entrevistas realizadas a menores en Cámara Gesell. Bajo ese ámbito, algunos nenes – no todos – declararon sobre una “señorita mala” e hicieron referencias a un supuesto juego, un “secreto” que les podía costar la vida a ellos o a sus padres, y hasta hablaron de tocamientos, de desnudos y otras aberraciones sexuales en plena clase. Las familias se hicieron eco del dolor y visibilizaron la situación a través de diferentes protestas y manifestaciones, que en algunos casos terminaron con postales de violencia.

Sin embargo, a la hora de la sentencia, Gómez Urso, Viñas y Carnevale valoraron los testimonios de los niños como hechos “sencillamente imposibles” que “jamás podrían haber ocurrido”. Para justificar su postura, los jueces consideraron, por un lado, el tiempo y la alta exposición que suponía el espacio físico – cabe aclarar que en gran parte de juicio se discutió si las instalaciones educativas habían sido alteradas por los directivos para beneficiar a Schwartz – compartido por la maestra y los alumnos. “Hay relatos de una perversión sexual inimaginable e imposible de ejecutar en una sala de música de un establecimiento educacional, a la vista de todo el resto de sus compañeritos, de otros educadores y en solo veinte minutos”, remarcó, por ejemplo, Viñas, en el fallo de más de 340 hojas.

Parte de los argumentos del cuestionado fallo de Gómez Urso, Viñas y Carnevale.

Parte de los argumentos del cuestionado fallo de Gómez Urso, Viñas y Carnevale.

“Más allá de la dificultad de que esos hechos hubieran ocurrido porque resultaba materialmente imposible su simulación ante la gran cantidad de personas que circulaban por ese lugar, lo cierto es que se ha demostrado que en las clases especiales (música y educación física) las docentes de las mismas nunca quedan solas, sino que son acompañadas por la docente de sala o, ante alguna eventual actividad de la misma, por una preceptora”, consideró Carnevale, al ampararse en el testimonio del personal educativo.

También tuvieron en cuenta la falta de lesiones físicas genitales y acusaron “inconsistencias” y "contaminaciones" en los relatos: “De las 23 cámaras Gesell, solo 9 niños hicieron referencia a supuestos abusos, los que no son coincidentes entre sí habiendo compartido la misma sala, argumentos que denotan inconsistencias, alguno de ellos fantasiosos, y otros contados por referencia de terceras personas (otros compañeritos)”.

Y fueron especialmente críticos con Silvina Catera, la perito psicóloga que tomó gran parte de las entrevistas a los nenes después de la primera intervención de Florencia Manterola. “Fue lamentable también que la Procuración del Ministerio Público no enviara a una persona con una experiencia más aquilatada en ASI. Aclaro, que no tengo nada personal con la entrevistadora, pero hemos notado que le faltó experiencia y por momentos no supo controlar su propia subjetividad”, sentenció el juez Viñas.

“La psicóloga Silvina Catera llevó a cabo una labor claramente inquisitiva y tendencialmente acusatoria, sin espacios para hipótesis explicativas alternativas. Debo destacar que, aun así, no logró obtener la información que sesgadamente buscaba. Es decir, aun actuando en claro perjuicio de la imputada no obtuvo la revelación cierta de hechos verosímiles de corrupción o abuso. A la vez, anuló toda posibilidad de conocer las verdaderas causas de ciertas situaciones anómalas”, coincidió, en su voto, Gómez Urso.

¿Todo mal?

El 1 de marzo del 2018, el tribunal de Casación Penal hizo lugar a la apelación impulsada por el Ministerio Público Fiscal y los abogados de los particulares damnificados, César Sivo y Martín Bernat, por lo que anuló el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Mar del Plata y ordenó realizar otro juicio, con intervención – naturalmente  – de otros jueces. Hasta último momento, y con presentaciones que incluso llegaron a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, la abogada defensora de Schwartz, Patricia Perelló, quiso refrendar el veredicto de primera instancia pero no tuvo éxito en sus planteos.

En 2019, el dictamen de los magistrados platenses Jorge Hugo Celesia y Fernando Luis María Mancini fue respaldado por la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, y así se allanó definitivamente el camino hacia el nuevo debate, que ahora tendrá como jueces a Roberto Falcone, Alexis Simaz, y Néstor Conti, del Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de la ciudad. La cara de la fiscalía también será otra: en reemplazo del ya jubilado Castro, estará Florencia Salas.

Algunos de los fundamentos de Casación que derribaron el fallo del primer tribunal que intervino en Mar del Plata.

Algunos de los fundamentos de Casación que derribaron el fallo del primer tribunal que intervino en Mar del Plata.

Casación entendió que el dictamen de los jueces de Mar del Plata se fundó “razonamiento que solo encuentra apoyatura en apreciaciones puramente subjetivas”: “Aciertan los recurrentes al tachar de arbitraria la sentencia recurrida pues, la duda acerca de la ocurrencia de los hechos que esgrime el a quo carece de fundamentos suficientes, en tanto se respalda en un examen parcial e inadecuado del plexo probatorio, lo que autoriza la descalificación del pronunciamiento como acto jurisdiccional válido”.

El tribunal de La Plata señaló que Gómez Urso, Viñas y Carnevale “complejizaron” adrede la reconstrucción de los hechos “de manera de justificar la imposibilidad de realizarlos en veinte o treinta minutos de clase, como si la totalidad de las acciones se hubieran realizado sobre los doce niños en un mismo momento”. “El tribunal no expuso los motivos que le permitieron alcanzar dicha conclusión”, se reprochó en la sentencia de más de 170 páginas.

Algunos de los fundamentos de Casación que derribaron el fallo del primer tribunal que intervino en Mar del Plata.

Algunos de los fundamentos de Casación que derribaron el fallo del primer tribunal que intervino en Mar del Plata.

En este sentido, Casación tuvo en cuenta que “que aparece en forma recurrente” en los testimonios de los chicos “son conductas simples como la de bajar los pantalones, hacer cosquillas, exhibiciones y tocamientos” y recordó que “según la acusación las conductas se produjeron de a un niño por vez o en un número reducido de los doce señalados como víctimas que eran alumnos de la sala de cuatro años”.

Además, Celesia y Mancini advirtieron “divergencias” en las declaraciones que hizo el personal de las escuelas para defender a Schwartz, una cuestión en la que ningún momento reparó el Tribunal Nº1: “No sólo no explicó los motivos que podrían haber llevado a directivos, docentes y preceptoras a manifestarse en forma contradictoria sino que ni siquiera analizó las divergencias que se advierten entre los distintos testimonios, otorgándoles arbitrariamente plena credibilidad”.

Algunos de los fundamentos de Casación que derribaron el fallo del primer tribunal que intervino en Mar del Plata.

Algunos de los fundamentos de Casación que derribaron el fallo del primer tribunal que intervino en Mar del Plata.Algunos de los fundamentos de Casación que derribaron el fallo del primer tribunal que intervino en Mar del Plata.

Y respecto de las críticas dirigidas a la perito Catera, el tribunal de Casación aclaró que este tipo de “cuestiones están sometidas a discusión en el juicio que tiene como norte determinar la ocurrencia o no de los hechos denunciados”. “El tiempo invertido en ensalzar o, a la inversa, desacreditar a un profesional o a un perito de parte u oficial, no hace al objeto del proceso”, consignaron.

Lo que se viene

Al revisar el fallo del 2017, el tribunal de alzada determinó que solamente tres casos fueron bien absueltos, por lo que ahora se volverá a analizar la inocencia o culpabilidad de Analía Schwartz en torno a otros 31 casos, 9 de los cuales son por la calificación de abuso sexual. Si bien las partes acordaron reducir el número de testigos, el nuevo debate promete ser tan extenso como el primero y se estima que durará casi dos meses. Lo que cambia en este juicio es que será a puertas cerradas y que los padres denunciantes tendrán la posibilidad de seguir cada audiencia en Tribunales, a través de videoconferencia.

Las penas que están en juego no son para nada menores. Solo hay que recordar los alegatos que hicieron los acusadores en el primer juicio: la fiscalía llegó a pedir 24 años de prisión inmediata para la maestra mientras que los abogados de los particulares damnificados coincidieron en exigir una pena a 28 años de prisión. En el otro extremo se ubica la defensa de la acusada, que otra vez irá por la absolución.

Está claro: no hay margen de error. Ya pasó mucho tiempo, dolor e incertidumbre. Llegó la hora de que la Justicia actúe con máxima imparcialidad para decir si Analía Schwartz es inocente o si las denuncias son efectivamente ciertas y tratar, de esta manera, de que una de las causas que más conmovieron a Mar del Plata encuentre un cierre definitivo.