La Secretaría de Salud avaló el proyecto para prohibir los caños de escape modificados

Consideró que representan un perjuicio para la salud de quienes se exponen a estos ruidos molestos. Concejales aguardan informes de otras áreas del Ejecutivo para avanzar con su aprobación.

El proyecto seguirá en estudio en el Concejo Deliberante. Foto ilustrativa.

7 de Agosto de 2023 11:50

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Secretaría de Salud de la Municipalidad de General Pueyrredon respaldó el proyecto de Unión por la Patria para prohibir los llamados “cortes” y “explosiones” que generan los caños de escape alterados en motos, advirtiendo al Concejo Deliberante los importantes daños en la salud que generan este tipo de ruidos molestos.

La propuesta fue presentada en abril de este año y pocos días después la Comisión de Movilidad Urbana pidió una serie de informes a diversas reparticiones municipales con competencia en el tema. Ahora, se conoció la respuesta de Salud, donde se resaltó que “el tema de la contaminación auditiva es una problemática que debe ser atendida”, limitando su opinión específicamente a lo sanitario.

“Los seres humanos están programados para considerar los ruidos como posibles fuentes de peligro. Si la exposición al ruido es crónica y supera ciertos decibeles, los efectos sobre la salud son negativos”, advirtió la directora general del CEMA, Stephanie Schön. “La Organización Mundial de la Salud aseguró que los parámetros mayores a 65 decibeles son perjudiciales para la salud tanto mental como física. El ruido produce molestias, distracciones, perturbaciones e incluso si la exposición es muy prolongada puede producir daños irreversibles en el órgano de la audición, efectos cardiológicos, neurológicos y alteraciones en el bienestar psíquico”; agregó la funcionaria.

Finalmente, planteó que “las poblaciones más vulnerables a sufrir los efectos de la contaminación sonora son los adultos mayores, la población infantil y aquellas personas con algún padecimiento mental. Los niños con alteraciones del neurodesarrollo, como aquellos que reúnen criterios compatibles con autismo, sufren particularmente de alteraciones sensoriales, en especial de hiperacusia”.

La Comisión de Movilidad Urbana seguirá analizan la propuesta. Foto: Prensa HCD.

La respuesta fue analizada este lunes en la comisión presidida por Guillermo Volponi (Pro), donde se evidenció un acuerdo general con el proyecto de ordenanza para prohibir la circulación de motocicletas, ciclomotores, cuatriciclos y vehículos de cualquier tipo y cilindrada que no posean caño de escape homologado o que el mismo haya sido modificado, así como aquellos que produzcan ruido de impacto por aceleración, desgaste, estar defectuosos, carecer de silenciador u otros mecanismos.

Más allá de coincidir en la problemática sanitaria que representan los caños de escape alterados, desde el oficialismo se hizo hincapié en otras consideraciones a tener en cuenta. En primer término, se aguardará la recepción de los informes pendientes de la Secretaría de Seguridad y, fundamentalmente, el de la Subsecretaría Legal y Técnica. En tanto, Agustín Neme (Pro) alertó sobre la importancia de compatibilizar el proyecto con dos ordenanza vigentes (la 4544 y 13.972) que regulan aspectos vinculados a los ruidos molestos.

Por otro lado, Fernando Muro (Pro) mostró alguna diferencia con el apartado del proyecto que propone sanciones para quienes venden los caños de escape modificados. Un aspecto que reunió consenso es ser más categóricos en exceptuar de la prohibición a los vehículos para competencias deportivas.

El proyecto propone una combinación de sanciones y campaña de concientización para fomentar su cumplimiento. Entre el primer grupo, se establecen multas de entre el 30% y el 40% de lo que representan 10 salarios mínimos municipales para quienes circulen con caños de escape adulterados. Las multas serán más gravosas para quienes comercialicen y/o los instalen, con sanciones económicas que van desde el 50% al 100%.

Además, se fijan algunas morigeraciones a fines de apostar a la toma de conciencia de los motoqueros. Por caso, dentro del plazo de un año desde la publicación de la ordenanza, las sanciones se reducirán en un 50%. Luego, transcurrido el plazo previsto, entre los primeros 60 y 120 días posteriores, se procederá a reducir en un cien por ciento 100% las sanciones previstas con la condición de que la persona infractora concurra a la Municipalidad con caño de escape reglamentario en un plazo no mayor a los 30 días de producida la sanción.

Finalmente, se faculta al Ejecutivo a realizar campañas de concientización y difusión de la normativa, donde el gobierno deberá presentar la planificación de las mismas dentro de los 30 días de sancionada la presente ordenanza.