Montenegro habilitó a trabajar a los bares y restaurantes

Los locales gastronómicos podrán funcionar desde este miércoles de 7 a 19, bajo estrictos protocolos sanitarios y con reserva previa. La ocupación no deberá superar el 45%.

Foto: archivo 0223

21 de Julio de 2020 18:06

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Intendente Municipal Guillermo Montenegro firmó este martes por la tarde el decreto por el cual se habilita el funcionamiento de los bares y restaurantes, luego de la recomendación que fue elevada por la Comisión Especial de Reactivación Económica del Concejo Deliberante.

Tal como lo anticipó 0223, a partir de este miércoles queda habilitado de 7 a 19 el servicio de comidas y bebidas para consumo en locales gastronómicos, "bajo estrictos protocolos sanitarios y con reserva previa". Además, queda prohibido el uso de transporte público tanto para clientes como trabajadores, dado que el servicio está reservado únicamente para actividades esenciales. 

“Es fundamental que se cumplan estrictamente los protocolos de higiene y seguridad indicados. Recordamos que para el desarrollo de la actividad gastronómica el uso de transporte público no está permitido y que se deberán reforzar los protocolos de limpieza”, expresó el secretario de Desarrollo Productivo, Fernando Muro.

El funcionario precisó que se deberá utilizar un sistema de reserva previa, a fin de evitar aglomeraciones, y que "en caso de demora, los clientes deberán esperar fuera del local guardando una distancia mínima de 2 metros". "Las mesas deberán guardar distancia entre sí y no podrá haber más de 4 personas por mesa” agregó.

En el decreto también se estableció que los comercios deberán "garantizar la rotación, dando así un tiempo mínimo para desinfectar e higienizar apropiadamente las mesas”. Otro de aspectos claves del protocolo a cumplir se encuentra el registro obligatorio de los datos personales de todos los clientes al ingreso, en caso de requerirse una futura trazabilidad.

En ese sentido, se debe realizar la toma de temperatura, la desinfección de manos con alcohol y la sanitización del calzado a cada persona que ingrese al establecimiento. El uso de tapabocas o barbijo será condición para permanecer en el local, excepto cuando el cliente se disponga a comer o beber. En todos los casos, el tiempo de permanencia será reducido y se deberá asegurar la ventilación permanente de los ambientes.

Por otra parte, la densidad de ocupación del local no deberá exceder los 2,25 metros cuadrados por persona, aproximadamente el 45% de la capacidad del establecimiento. Además, las áreas deberán estar correctamente demarcadas para ingreso y egreso de clientes, con una distancia mínima de 2 metros. Se podrá utilizar la vía pública para el uso de mesas y sillas, y los espacios de uso común quedarán anulados.

Todas las superficies deben estar permanentemente desinfectadas, y debe haber alcohol en gel o desinfectante en cada una de las mesas. Se recomienda el uso de manteles y servilletas descartables.