Monotributo: todo lo que tenés que saber de la recategorización

Este jueves vence el plazo para la recategorización. Quiénes deben ingresar y cuánto pagarán. 

La Afip publicó la tabla con los nuevos valores del Monotributo.

Este jueves es el día hasta el que los monotributistas tienen tiempo para realizar la recategorización correspondiente. Este año, este trámite presenta algunas particularidades:

Tabla de Monotributo

En este caso, se debe tener en cuenta la tabla publicada por Afip y que rige, con los nuevos valores, a partir del 1 de enero de este año.

Por lo que para seguir perteneciendo a la órbita de Pequeños Contribuyentes no debe excederse de la facturación máxima de la categoría H para la prestación de servicios ($3.276.011,15) o la Categoría K para Comercio ($4.662.015,87).

Recategorización. Posibles escenarios:

  • Misma Categoría: no corresponde regategorización siempre y cuando los ingresos durante los últimos doce meses se mantuvieron entre el mínimo y máximo de la categoría. En este caso, se debe abonar los valores vigentes para la misma categoría pero según la Tabla del año 2022.
  • Categoría Inferior: este caso se da si los ingresos del año 2021 han disminuido. Los valores a abonar son: para enero, el correspondiente a la anterior categoría según los valores de Tabla 2022 y a partir de febrero, el valor de la nueva categoría según la Tabla vigente para este año.
  • Categoría superior: si el contribuyente tuvo ingresos significativamente superiores en el segundo semestre del 2021, deberá recategorizarse a una categoría superior. En este caso, se abonará en enero 2022 el monto de la anterior categoría pero con los valores del 2022 y a partir de febrero, el monto estipulado para el 2022 según la nueva Tabla.

En caso de que se reingrese a otra categoría, se debe reimprimir el F.960 D y, de corresponder, exhibirlo en el local, ya que esta es una de las exigencias determinadas por la Afip.