Monotributo: todo lo que tenés que saber de la recategorización
Este jueves vence el plazo para la recategorización. Quiénes deben ingresar y cuánto pagarán.
Este jueves es el día hasta el que los monotributistas tienen tiempo para realizar la recategorización correspondiente. Este año, este trámite presenta algunas particularidades:
Tabla de Monotributo
En este caso, se debe tener en cuenta la tabla publicada por Afip y que rige, con los nuevos valores, a partir del 1 de enero de este año.
Por lo que para seguir perteneciendo a la órbita de Pequeños Contribuyentes no debe excederse de la facturación máxima de la categoría H para la prestación de servicios ($3.276.011,15) o la Categoría K para Comercio ($4.662.015,87).
Recategorización. Posibles escenarios:
- Misma Categoría: no corresponde regategorización siempre y cuando los ingresos durante los últimos doce meses se mantuvieron entre el mínimo y máximo de la categoría. En este caso, se debe abonar los valores vigentes para la misma categoría pero según la Tabla del año 2022.
- Categoría Inferior: este caso se da si los ingresos del año 2021 han disminuido. Los valores a abonar son: para enero, el correspondiente a la anterior categoría según los valores de Tabla 2022 y a partir de febrero, el valor de la nueva categoría según la Tabla vigente para este año.
- Categoría superior: si el contribuyente tuvo ingresos significativamente superiores en el segundo semestre del 2021, deberá recategorizarse a una categoría superior. En este caso, se abonará en enero 2022 el monto de la anterior categoría pero con los valores del 2022 y a partir de febrero, el monto estipulado para el 2022 según la nueva Tabla.
En caso de que se reingrese a otra categoría, se debe reimprimir el F.960 D y, de corresponder, exhibirlo en el local, ya que esta es una de las exigencias determinadas por la Afip.
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