Atención: amplían los beneficiarios de los créditos a monotributistas a tasa 0

El gobierno modificó algunos detalles del plan para que más monotributistas puedan acceder a los préstamos. Conocé todos los detalles. 

En consonancia con las medidas que el Poder Ejecutivo Nacional viene adoptando en las diferentes áreas de Gobierno con el fin de aplacar las graves consecuencias económicas derivadas de la pandemia de coronavirus, en los últimos días desde el Ministerio de Desarrollo Productivo, comandado por Matías Kulfas, se dispusieron algunas modificaciones en relación a los Créditos a Tasa 0% para Monotributistas.

Como hemos comentado, la línea de créditos anterior fue la respuesta que encontró el Gobierno para la problemática de falta de financiamiento blando que viene aquejando desde hace años a emprendedores y pequeños comerciantes.

Para el caso de los primeros créditos a Tasa Cero que comenzaron a darse en el mes de agosto, por los requisitos que planteaban, dejaban sin posibilidades de acceder a esta línea de financiamiento a un universo amplio de pequeños contribuyentes.

Tal cual dicta uno de los párrafos de la nueva reglamentación, “resulta oportuno y conveniente implementar una medida tendiente a incrementar el espectro de solicitantes”, y es por ello, que a partir de la nueva disposición, se dejan sin efecto algunos de los requisitos que impedían el acceso a este beneficio a gran cantidad de monotributistas.

Entre las condiciones que se han eliminado, se pueden citar:

+Facturación hasta 1,2 veces promedio mensual límite inferior (A=$20.800)

+Sin Facturación: Compras menos 80% 1,2 veces promedio mensual límite inferior

+No servicios al Sector Publico (70% facturación)

 

Nuevos Créditos

Es por ello que a partir de ahora, para poder acceder al Beneficio se requiere solamente:

+Ser Monotributista.

+No encontrarse en situación 3, 4,5 o 6 en la Central de Deudores del Banco Central. Se puede consultar con solo ingresar el CUIT del contribuyente.

+No haber incrementado la categoría del Monotributo en la que actualmente se encuentre inscripto comparada con la categoría vigente al 30 de junio del 2021.

Es importante remarcar que quienes accedan a dicho beneficio, no podrán comprar dólares ni realizar operaciones con títulos públicos.

 

Procedimiento para acceder al Crédito

De igual forma que en el Crédito anterior, debe tramitarse desde la web de AFIP, ingresando con Clave Fiscal y eligiendo el servicio de “Crédito Tasa Cero”. Será la Afip quien, una vez cargada la solicitud, verificará si el solicitante cumple con los requisitos y en caso de ser aprobado, se le notificará el monto del Crédito.

 

Devolución del Préstamo

En caso de acceder al beneficio, y de igual forma que con la línea de créditos anterior, el mismo deberá devolverse en 12 cuotas y con un plazo de gracia durante los primeros seis meses.