Sociedades de fomento: proponen nueva regulación para favorecer su desarrollo y la participación vecinal
El proyecto de ordenanza actualiza las normativas que datan de 1967. “La propuesta toma lo que pasa en la realidad y lo traslada”, destacó Marianela Romero. También se apunta a facilitar la habilitación de las sedes donde funcionan.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Convertidas en un actor institucional clave en los barrios de Mar del Plata y Batán, las sociedades de fomento están reguladas por una anticuada legislación basada en un decreto de 1967, la cual no representa ni responde a las realidades y demandas de la actualidad. Desde esa apreciación, ahora el bloque de la Unión Cívica Radical presentó un proyecto de ordenanza para aprobar una nueva regulación para favorecer su desarrollo y fomentar la participación vecinal, a la par de resolver problemáticas puntuales como las dificultades para habilitar las sedes donde funcionan.
“A través de esta adecuación normativa, se busca empoderar a las Asociaciones Vecinales de Fomento, reconociendo su papel crucial en el fortalecimiento de la cohesión social y el desarrollo sostenible a nivel local. Estas asociaciones desempeñan un papel crucial en la articulación entre los ciudadanos y el municipio, contribuyendo a la construcción de una sociedad más participativa y solidaria”, destacó la autora de la propuesta, Marianela Romero.
Las sociedades de fomento o asociaciones vecinales de fomento, están actualmente normadas por el Decreto 15/67 del entonces comisionado Pedro Garro, con pequeños cambios ingresados por otros dos decretos de ese año, el 167 y 404, y la Ordenanza 8316, ya bajo un gobierno constitucional, en 1991.
La perspectiva del radicalismo es que el proyecto sirva como punto de partida para profundizar el debate, contemplando la intervención de las propias sociedades de fomento, como así también de las áreas municipales vinculadas a la temática, como la Subsecretaría de Asuntos de la Comunidad. “La normativa nueva toma lo que pasa en la realidad y lo traslada, intenta darle solución a la habilitación de muchas sedes que hoy, principalmente, por cuestión de planos no pueden habilitar, por lo que no pueden hacer muchas actividades o se ponen en juego”, planteó Romero a 0223, luego de unos últimos años donde al Concejo Deliberante arribaron diversos reclamos de las entidades, como así también conflictos internos en algunas de ellas.
La ordenanza brindará herramientas que permitirán mejorar el funcionamiento de las asociaciones como por ejemplo la exención de pago de tasas y contribuciones, subsidios y ayuda municipal para contar con una sede propia o ampliar una ya existente.
Entre los principales aspectos de la propuesta que consta de 60 artículos, se destaca que la nueva ordenanza brindará herramientas que permitirán mejorar el funcionamiento de las asociaciones, como por ejemplo la exención de pago de tasas y contribuciones, subsidios y ayuda municipal para contar con una sede propia o ampliar una ya existente.
También se clarifica el proceso para el reconocimiento de nuevas asociaciones vecinales de fomento, determinado por una ordenanza donde se establece el radio de acción, previo requerimiento del Ejecutivo. Deberán contar con al menos 50 vecinos residentes a la par que se limita el valor de la cuota societaria, que no podrá superar el valor de cinco boletos planos por mes, equivalente a $1.486 con el aumento del boleto que regirá desde el 8 de diciembre. Asimismo, se creará el Registro de Asociaciones Vecinales de Fomento, donde su implementación y funcionamiento será reglamentado por el Ejecutivo.
Asimismo, en el proyecto se establece cómo estarán organizadas las entidades, que contarán con tres instancias. Por un lado, la Asamblea de Vecinos Asociados, considerado como el órgano deliberativo, integrada por todos los vecinos asociados inscriptos. En segundo lugar, la Comisión Directiva, de entre 8 y 12 miembros titulares, que contará con un presidente, secretario y tesorero, como mínimo, quienes son los representantes legales de la entidad. Finalmente, estará la Comisión Revisora de Cuentas, integrada por tres miembros titulares. Todos los cargos son ad honorem, duran un año y son electos directamente en asamblea general por votación secreta.
En el proyecto de ordenanza se profundiza lo respectivo a la sede social, donde el Ejecutivo podrá disponer de un inmueble a todos los centros vecinales reconocidos. Para el caso de las Asociaciones Vecinales que posean inmuebles propios, la Municipalidad podrá realizar las gestiones que crea necesarias para facilitar la construcción o terminación de la Sede. Como contraprestación, las Asociaciones Vecinales facilitarán al Municipio el uso gratuito de sus instalaciones cuando, previa concertación de fecha, les sean requeridas para efectuar programaciones culturales, deportivas, actos de divulgación sanitaria, exposiciones o cualquiera otra actividad destinada al bien común de la población, sin que ello ocasione ninguna erogación a la entidad.
Por último, se establecen una serie de disposiciones transitorias, donde se incluye que las entidades con reconocimiento vigente deberán adecuar sus estatutos en el plazo de un año, mientras que el Ejecutivo tendrá 90 días para reglamentar la ordenanza desde su promulgación.
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