El gobierno de Milei derogó una normativa para colegios privados: ¿afecta a la cuota mensual?

Se trata de la resolución (51/2024) que obliga a los establecimientos educativos de todo el país a informar a la Secretaría de Comercio Interior el valor total de la cuota mensual. El impacto en las instituciones.  

La normativa derogada por Nación impacta de manera positiva en la gestión administrativa de los colegios de gestión privada. Foto ilustrativa: 0223.

30 de Enero de 2024 16:02

Por Redacción 0223

PARA 0223

El gobierno de Javier Milei derogó esta semana la resolución (51/2024) que obligaba a los colegios privados de todo el país a informar a la Secretaría de Comercio Interior antes del 31 de octubre de cada año, el valor total de la cuota mensual que perciben por la prestación del servicio educativo para cada nivel de enseñanza.

La decisión publicada este lunes en el Boletín Oficial se conoció luego de que los directivos de la Asociación de Institutos de Enseñanza Privada de la Provincia de Buenos Aires (Aiepba) se reunieron con autoridades de la Secretaría de Comercio Interior para analizar diversos temas y se coincidió en que la resolución 678/99 -ahora derogada- constituye una medida “burocrática y un trámite inútil que no aporta ningún beneficio al funcionamiento de las instituciones educativas”.

Según evalúan desde la entidad que representa a los colegios privados, "en los contextos inflacionarios como el que registra en los últimos años nuestro país resultaba difícil de prever el monto anual de las matrículas y constituía una tarea engorrosa para los responsables administrativos de los colegios", resaltaron.

La decisión del Ejecutivo, fue señalada por algunas voces, como perjudicial para los bolsillos de miles de familias, ante la posibilidad que el monto de la cuota quede totalmente desregulado. 

La normativa derogada por Nación impacta de manera positiva en la gestión administrativa de los colegios de gestión privada. Foto ilustrativa: 0223.

A pocas horas de oficializarse la derogación de la resolución y ante la preocupación de madres y padres marplatenses, 0223 consultó al secretario ejecutivo de Aiepba, Martín Zurita, que disipó algunas dudas en torno a esta medida del Ejecutivo, que ya ha manifestado en reiteradas oportunidades su intención antiregulador y de carácter libertario.

"En primer lugar, hay que aclarar que hubo portales y canales de TV, que pusieron cualquier cosa. Lo que se derogó con esta normativa es que esta obligación que tenían las 14.000 escuelas privadas de Argentina y las universidades privadas de informar al Estado los valores de los aranceles, es un trámite burocrático porque en realidad todos los años se hace para cada una de las jurisdicciones. La educación es provincial y por lo tanto la Provincia de Buenos Aires nos pide los aranceles y lo mismo teníamos que enviar a Nación. Y la verdad, que era sin ningún sentido, porque Nación no tiene competencia con las escuelas privadas", precisó Zurita.

En su argumentación, el titular de Aiepba aclaró que la medida derogada por el gobierno "era un trámite para gastar tiempo, recurso humano, para alguien que nadie veía. Por lo que era mentira que se haya desregulado y que las escuelas pueden cobrar lo que quieran", dijo.

Y reforzó: "Hoy tenés 14.000 escuelas privadas de Argentina y 10.000 tiene aporte estatal y está fuertemente regulado. Vos no podes aumentar hasta que o te autoriza el gobierno provincial. Y el resto de las 10.000 escuelas, tienen la posibilidad año a año de aumentar libremente, porque ya está desregulado de antes eso", dijo, en referencia a los colegios que no tienen aporte estatal.

La normativa derogada por Nación impacta de manera positiva en la gestión administrativa de los colegios de gestión privada. Foto ilustrativa: 0223.

Qué establecía la resolución derogada por Milei

Zurita explicó que la Resolución 678/99 establecía que los establecimientos educativos privados deben informar antes del 31 de octubre de cada año a la repartición nacional, el Importe de la matrícula de inscripción o reinscripción, en caso de existir. Además, el valor total de la cuota o arancel mensual, discriminando los conceptos correspondientes a enseñanza programática, extraprogramática y todo otro concepto adicional, conforme a un formulario anexo de cuatro planillas.

También la cantidad total de cuotas que se percibirán en el año lectivo, la forma y plazo de pago de las cuotas, el monto y criterios de aplicación de los recargos en caso de mora y la cantidad de alumnos que asisten al establecimiento (matrícula). "Era una doble tarea, porque esa información también se remite a cada ministerio de Educación o autoridad educativa de cada provincia", insistió el referente de Aiepba.