Ciudadanía española: extienden el plazo del trámite de la Ley de Nietos

Las autoridades españolas confirmaron la prórroga del plazo para solicitar la nacionalidad de los descendientes de españoles exiliados de la dictadura franquista.

Ciudadanía española: extienden el plazo del trámite de la Ley de Nietos

5 de Marzo de 2024 19:54

Por Redacción 0223

PARA 0223

El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática de España, Ángel Víctor Torres, anunció que se prorrogará hasta finales de 2025 el plazo para que los descendientes del exilio de la dictadura franquista puedan adquirir la nacionalidad española a partir de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como la "Ley de Nietos".

"La ley establece la posibilidad de que las personas que son descendientes de españoles y que se marcharon al exilio huyendo de la dictadura y del totalitarismo tengan reconocidos sus derechos legítimos", anunció durante una entrevista a EuropaPress.

La decisión de extender el plazo se corresponde con la dificultad del proceso de los trámites administrativos, indicó Torres.

Hasta el momento, según ese medio, 69.000 personas en todo el mundo recibieron su nacionalidad española a través de la Leyvigente desde octubre de 2022, en especial pertenecientes a Iberoamérica.

El ministro Política Territorial y Memoria Democrática español oficializó la extensión del plazo de la Ley de Memoria Democrática

¿Qué dice la Ley de Nietos?

La nueva ley simplifica el trámite a los hijos y nietos de personas nacidas en España que en su momento se vieron obligados a dejar el país. Es por esto que la normativa se plantea como un proyecto reparador, y tiene como objetivo reconocer el exilio por motivos políticos, ideológicos o de creencias religiosas.

También podrán sacar la ciudadanía española los hijos de mujeres españolas casadas con extranjeros antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 1978. Y no habrá límite de edad para aplicar, a diferencia de lo que exigía la normativa vigente. Al obtenerse la ciudadanía española, se otorga acceso además al sistema educativo local, trabajos dentro de la comunidad europea y el libre tránsito.

Ley de Nietos: quiénes pueden solicitar la nacionalidad española

Las personas que pueden solicitar la ciudadanía española según contempla la Ley son son:

  • Los nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo oabuela sean o hayan sido originariamente españoles
  • Los nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela hubiesen perdido o renunciado a la nacionalidad por causa del exilio.
  • Los nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieronsu nacionalidad española por casarse con un ciudadano extranjero antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • Los hijos e hijas que eran mayores de edad cuando su padre omadre optaron a la nacionalidad española en virtud de la Ley de la Memoria Histórica (52/2007).
  • Aquellas personas que ya optaron a la nacionalidad española no de origen según el artículo 20 del Código Civil porque sus progenitores la obtuvieron al amparo de la Ley de Memoria Histórica, y también aquellos que optaron a la nacionalidad española en virtud del art. 20.1.b podrán ahora solicitar la adquisición de la nacionalidad española de origen.

Cómo tramitar la ciudadanía española por la Ley de Nietos

Para comenzar el trámite se debe pedir un turno en el Consulado de la ciudad de residencia. Una vez acordada la fecha, al momento del encuentro se deben presentar los siguientes documentos:

  • El acta de opción por la nacionalidad española.
  • Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
  • Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil argentino, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con apostilla de La Haya.
  • Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
  • Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
  • DNI argentino del progenitor español.
  • DNI argentino del interesado.
  • En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado.

Actualmente, los argentinos que no poseen la ciudadanía o tengan visa de trabajo o estudio pueden permanecer en España por 90 días de manera legal.