Detectan graves anomalías en la Sociedad de Fomento del Barrio Constitución

26 de Junio de 2007 19:52

Por Redacción 0223

PARA 0223

El intendente Katz elevó un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante para que se le revoque el convenio de prestación de servicios a la Sociedad de Fomento del barrio Constitución ya que habría incurrido en un grave desfasaje administrativo-contable. El intendente Katz elevó un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante para que se le revoque el convenio de prestación de servicios a la Sociedad de Fomento del barrio Constitución ya que habría incurrido en un grave desfasaje administrativo -contable.
“Los presentes actuados tratan ciertas anomalías en los Convenios de Prestación de Servicios por parte de algunas entidades vecinales. Se ha detectado un desfasaje de tiempo entre el mes rendido y la facturación presentada que respalda el gasto en cuestión” explicó el Director General de Asuntos de la Comunidad del Municipio de General Pueyrredon, Rodolfo Armendáriz.
Y remarca que “tal situación, a criterio del suscripto, torna inviable la continuidad de los convenios que reúnen estas características por cuánto los mismos se han instrumentado para realizar la prestación en un mes determinado y realizar la rendición al mes siguiente”.
“A tales efectos y con la intención de no agravar más este desfasaje administrativo-contable se elaboró el presente proyecto de ordenanza con la finalidad de revocar todos los Convenios que se encuentran en esta situación dándolos de alta nuevamente una vez subsanada dicha anomalía” concluyó Armendáriz.
Si bien en el proyecto de ordenanza, se hace referencia a seis entidades fomentistas, una alta fuente de la Secretaría de Gobierno le confió a 0223.com.ar que la más comprometida por las anomalías detectadas sería la Sociedad de Fomento Constitución.
Por su parte, el Subcontador de la Comuna, José Luis Lago, afirmó que “se ha recepcionado la rendición de cuentas de la Asociación de Fomento Constitución, por el convenio suscripto en el marco de la Ordenanza N° 6217 y específicamente por los fondos entregados para el mes de noviembre del año próximo pasado. El Convenio con dicha institución en cuestión comprende el período julio/ diciembre- 2006, por una suma mensual de $ 6.600”.
Y recalca que “sobre el particular se objeta que existe un plazo injustificable que media entre el período objeto de rendición (Noviembre 2006) y las fechas de las facturas por insumos y servicios que pretenden respaldar la rendición (Enero a Marzo 2007). Tal situación torna, a juicio del suscripto, como inviable la continuidad del Convenio, por cuanto los mismos se han instrumentado para que se preste el servicio y se inviertan y/o contraten los insumos o servicios necesarios inherentes a ello, en un mes determinado, reintegrándose los fondos por esta Administración al mes siguiente”.
“Cabría preguntarse, en el hipotético caso que a la entidad se le entreguen los fondos por el servicio de Diciembre 2006, con qué comprobantes se efectuaría la rendición, por cuanto es seguro que debería la entidad esperar a insumir los correspondientes al resto del corriente mes de abril o mayo próximo. Peor es la hipótesis de que se le prorrogue el Convenio por el trimestre enero-marzo/ 2007, atento a que no tendría documentación alguna que presentar por gastos imputables a dicho período, ya que los mismos fueron ya presentados, y la entidad debería extender en el tiempo la rendición para insumir nuevos gastos totalmente desfasados en el tiempo, y así sucesivamente” subrayó el contador Lago.
Para finalizar, el funcionario enfatizó que “a consecuencia de ello, para no agravar la situación existente y que se derive en un perjuicio fiscal, se solicita que se instrumente la forma de viabilizar la denuncia del Convenio suscripto oportunamente y su rescisión consecuentemente, tomando los recaudos legales pertinentes a cuyo fin debiera requerirse asesoramiento legal. Cabe señalar que esta contaduría no efectivizará la remesa correspondiente del mes de diciembre próximo pasado, hasta tanto no se dilucide la cuestión precedente”.

AUTOR / FUENTE: Carlos Walker

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