La Capital Cable tuvo que recurrir a la Justicia en detrimento de sus abonados

1 de Julio de 2011 02:48

Por Redacción 0223

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A partir de este viernes comenzará a regir una prórroga de la Secretaría de Comercio Interior que establece para los meses de julio y agosto un tope de $ 109 para el abono del servicio de televisión por cable . En Mar del Plata, La Capital Cable recurrió a la Justicia para poder mantener un precio superior al fijado. La firma del Grupo Clarín y del titular del Multimedio La Capital, Florencio Aldrey Iglesias, expresó que de, acatar la medida, deberá "asumir costos mensuales" por un importe de $ 5,5 millones que le implicarían "el cierre de la empresa dado que el negocio se volvería inviable". Se espera que alguna organización de Defensa del Consumidor o los mismos usuarios ahora presenten un amparo pero en sentido contrario a las pretensiones del monopolio local y su socio Magnetto. A partir de este viernes comenzará a regir una prórroga de la Secretaría de Comercio Interior que establece para los meses de julio y agosto un tope de 109 pesos para el abono del servicio de televisión por cable . Mientras tanto, en Mar del Plata, La Capital Cable recurrió a la Justicia para poder mantener un precio superior al fijado. La firma del Grupo Clarín y del titular del Multimedio La Capital, Florencio Aldrey Iglesias,expresó que de, acatar la medida, deberá “asumir costos mensuales” por un importe de $ 5,5 millones que le implicarían “el cierre de la empresa dado que el negocio se volvería inviable”. Se espera que alguna organización de Defensa del Consumidor o los mismos usuarios ahora presenten un amparo pero en sentido contrario a las pretensiones del monopolio local y su socio Magnetto.
La secretaría de Comercio Interior prorrogó para los meses de julio y agosto el tope de 109 pesos para el abono del servicio de televisión por cable, resolución que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial y que comenzará a regir este viernes con el objeto de “asegurar los derechos del consumidor”, según los fundamentos de la medida.
Por otra parte, la Cámara Federal de Mar del Plata suspendió durante a comienzos de junio la resolución 50/2010 dictada por el titular de la Secretaría de Comercio, Guillermo Moreno, que fijaba en 109 pesos el abono del servicio de televisión por cable de la empresa La Capital Cable.
El contenido del fallo, firmado por los camaristas Alejandro Osvaldo Tazza y Jorge Ferro, califica la decisión del funcionario nacional de "irrazonable conducta legislativa" que "pretende aplicar las pautas fijadas por la misma bajo el mando de la Resolución 50/2010, de inferior rango jerárquico en materia legislativa".
A su vez, los magistrados cuestionaron especialmente la utilización que hace el funcionario de la Ley de Abastecimiento (sancionada en 1974 durante el último gobierno del General Juan D. Perón y que fue derogada en el 1991 por un decreto de Desregulación que luego fue ratificado por la ley 24.307), para brindar sustento legal a sus resoluciones.
Los Jueces consideraron que existe "un vicio manifiesto" ya que la resolución se basa en una norma que "ha sido dejada sin efecto" y justificaron su decisión al mencionar que deben "mantener un equilibrio entre una razonable protección al derecho que se pretende tutelar y al derecho de la empresa de no ver trabado su desenvolvimiento económico y laboral, pues lo contrario y frente a esta situación, podría caerse en un abuso del derecho".
"Implica una especie de fijación de su política de precios por los servicios que brinda, sin valorar los costos operativos, como de su margen de utilidad, su política de inversiones actuales y adicionales", fundamentaron.
En ese marco, el Tribunal hizo lugar a la media cautelar solicitada por la empresa La Capital Cable y explicó que, de aplicarse la Resolución 50/2010 de la Qecretaría de Comercio Interior, "podría ocasionar un gravamen innecesario" a la misma, "que podría repercutir tanto en su faz empresarial, laboral y de servicios".
La empresa peticionante del amparo judicial había invocado la afectación de derechos constitucionales, como la libertad de industria y comercio y la garantía de inviolabilidad de la propiedad. Además, advirtió que “jamás” se le dio participación “a adoptar un precio máximo, poniéndose en marcha un serio riesgo para la propia existencia de su representada”.
También expresó que “la Resolución 50/2010 no contempla determinados costos asociados a la prestación del servicio” y, “de cumplir con la normativa ilegal respecto del abono a cobrar”, tendrá que asumir costos mensuales por un importe de $ 5.500.000 “que le implicarían el cierre de la empresa dado que el negocio se volvería inviable”.
A pesar de la merma durante 2011 de casi el 20% de sus abonados -que podría ser otra de las causas de su posible "inviabilidad"- estas empresas monopólicas no tienen pudor alguno en recurrir a la Justicia en detrimento de sus propios clientes. 
Sólo resta esperar que alguna organización de Defensa del Consumidor o los mismos usuarios recurran a los tribunales en aras de que se cumplan las resoluciones del Gobierno Nacional. Cuando se cuestionan los monopolios, este es uno de los motivos.

AUTOR / FUENTE: Luciana Acosta

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