"Cambio, cambio": sobreseen a todos los imputados por informes mal hechos

La Cámara Federal declaró nulo el primer informe de Gendarmería y, a partir de ello, de todos los actos posteriores. Dispuso el cierre del proceso en forma definitiva.

7 de Abril de 2017 16:56

Por Redacción 0223

PARA 0223

Casi siete meses después del espectacular operativo que en el marco de una causa que investigaba la comercialización ilegal de moneda extranjera personal de Gendarmería realizó en la ciudad, la Cámara Federal de Mar del Plata dispuso el sobreseimiento de todos los imputados en la causa y cerró "en forma definitiva e irrevocable el proceso a su respecto".

De acuerdo a la información a la que tuvo acceso en exclusiva 0223, los jueces Alejandro Tazza, Eduardo Jimenez y Bernardo Bibel consideraron nulo el primer informe que realizó Gendarmería Nacional Argentina en el marco de una investigación por la compra y venta de divisas en lugares no autorizados.

Según los jueces, el informe confundió la identidad de algunas de las personas que aparecían en las escuchas telefónicas y provocó que la instrucción extendiera la hipótesis delictiva originaria  e inmiscuyera a firmas "que no están involucradas ni pertenecían al objeto procesal primigeniamente investigado". Un mes después del operativo inicial, el Juez Federal Santiago Inchausti procesó a veinticinco personas relacionadas con el Grupo Transcambio, Grupo Jonestur, Eurocity/Intercambio, las “cuevas financieras” que funcionaban en la Galería Eves y diez los “arbolitos” que actuarían en coordinación con las firmas.

"Como consecuencia del informe producido por Gendarmería Nacional Argentina, se dispusieron tareas investigativas tendientes a corroborar la actividad presuntamente delictiva en la que estarían incurriendo las firmas Transcambio y Jonestur, siendo que a partir de dicha ocasión se extendió el objeto procesal y se erigió un marco investigativo del cual confluyeron, a la postre, una multiplicidad de imputados que hasta ese entonces resultaban ajenos a proceso los fines de llevar a cabo las tareas de inteligencia en los domicilios involucrados", señalaron.

Para la Cámara el procesamiento resuelto guarda una relación estrecha con ese primer informe, ya que a partir de sus conclusiones se vinculó "a esa altura del proceso a Transcambio y Jonestur en el hecho investigado, a más que esas inferencias equivocas dieron pie a la producción de medidas que,finalmente, relacionaron al proceso a los restantes encartados".

Luego de dictar el sobreseimiento, los jueces indicaron que ante cualquier evento que pudiera ser motivo de infracción a la ley penal cambiaria, "debe ordenarse al Juez de Primera Instancia la remisión de antecedentes al Banco Central de la República Argentina a sus efectos, y en la medida que ello no sea alcanzado por la nulidad aquí decretada.