¿Qué consecuencias tienen los electores que no votaron además de la multa de $50?

El monto corresponde a aquellos que no emitieron su sufragio durante las recientes Paso y se eleva a $100 para el caso de los que no voten en las elecciones de octubre. Sin embargo, hay otro problema para los que no regularicen su situación.

La recaudación por las multas va al Fondo Partidario Permanente del Ministerio del Interior.

16 de Agosto de 2017 12:46

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Cámara Nacional Electoral (CNE) denomina infractores a aquellas personas que no emiten su voto y, en tal sentido, habilitó en su sitio de Internet la consulta al Registro de Infractores al deber de votar (de acceso público), para que cada elector pueda verificar si se encuentra asentado y de ese modo regularizar su situación o efectuar el reclamo que estime pertinente.

Accedé al Registro de Infractores al deber de votar

La consulta puede hacerse en el sitio www.electoral.gob.ar en el apartado para electores que no votaron, donde se responden además todas las preguntas habituales que puede plantear la gente respecto al tema.

En esa página se especifica que el monto de la multa es $ 50 (cincuenta pesos) para quien no haya votado en las elecciones primarias nacionales y para quien tampoco haya justificado la no emisión del voto. Si el elector infractor no vota en las elecciones generales y no justifica la no emisión del voto, el monto de la multa asciende a $ 100 (cien pesos). Por lo tanto, aquellos electores que figuren como infractores con relación a ambos comicios, deberán pagar una multa de $ 150 (ciento cincuenta pesos).

Para abonar la multa existen dos vías de pago: a través del Banco de la Nación Argentina, para lo que se debe imprimir la boleta de pago a descargar de Internet y concurrir personalmente a una sucursal, o por otros medios como tarjetas de crédito o transferencias bancaria a través de la plataforma virtual Dinero Mail dispuesta en la web de la CNE.

Más allá de los apercibimientos económicos por no concurrir a las urnas, la Justicia Electoral confirmó que aquellos que no regularicen su situación mediante los mencionados pagos, no podrán realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o de cada municipio durante un año.