Entra en vigencia en Tandil la ordenanza que multa las fiestas clandestinas

Toda persona que organice una reunión, encuentro, fiesta, o cualquier evento similar será sancionada con una multa de entre 20 (veinte) y 100 (cien) salarios mínimos vitales y móviles. La misma sanción le será aplicable a quien difunda su celebración.

Se pondrán multas de hasta 2 millones por incumplir normas sanitarias en Tandil.

16 de Enero de 2021 02:11

Por Redacción 0223

PARA 0223

Este viernes por la tarde el intendente de Tandil Miguel Lunghi promulgó la ordenanza que instituye el llamado Régimen Contravencional de Emergencia Sanitaria  por la covid-19, sancionado por unanimidad en el Concejo Deliberante y que desde este sábado entrará en vigencia.

Desde el Ejecutivo local señalaron que las denuncias por incumplimientos de aislamientos o realización de fiestas clandestinas pueden realizarse al 101 o al 494 284943, una línea dispuesta  especialmente para ese fin. Además también se creó el correo electrónico denunciascovid@tandil.gov.ar.

La ordenanza especifica en uno de los puntos del artículo 4, que toda persona que organice una reunión, encuentro, fiesta, o cualquier evento similar independientemente de su denominación, que no cuente con la debida autorización cuando correspondiere, o en la que no se respeten los límites reglamentarios impuestos en la misma, será sancionada/o con multa de entre 20 (veinte) y 100 (cien) salarios mínimos vitales y móviles equivalente a un salario bruto correspondiente a un trabajador municipal ingresante.

En términos nominales, un salario mínimo de esta categoría es de alrededor de 20 mil pesos. En ese mismo inciso se especifica que la misma sanción le será aplicable a quien difunda su celebración con el propósito de convocar mayor concurrencia.

Desde el gobierno de Lunghi, tras la promulgación de la ordenanza, le solicitaron a la comunidad “seriedad” y “responsabilidad” en las denuncias que se efectúen.

En el nuevo régimen se establecen sanciones tanto para actividades no autorizadas, como aquellas que estando autorizadas incumplan los protocolos sanitarios y medidas de prevención y quienes organicen fiestas clandestinas.

La ordenanza también establece que el producido de las multas será destinado al financiamiento del Sistema Integrado de Salud Pública.   

En el apartado quinto, se alude a la variable de reincidencia y en ese sentido se fijó considerar reincidente “a toda persona que habiendo sido condenada por una falta establecida en la presente, sus complementarias, o modificatorias, o en disposiciones dictadas o que en el futuro se dicten como consecuencia de la pandemia mundial declarada por el covid-19, cometiere una nueva contravención de las contempladas en dichas disposiciones en cualquier momento durante la permanencia de la referida pandemia o mientras rija la situación de emergencia sanitaria por el covid-19 en el partido de Tandil”.